El máximo tribunal desestimó los recursos de la defensa, dejando firme la medida de control electrónico. La ex presidenta también enfrenta nuevas restricciones para recibir visitas en su domicilio de Constitución.
En una decisión que cierra otra instancia judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó que la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner debe continuar con el uso de tobillera electrónica en el marco de su prisión domiciliaria. El fallo, firmado por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los recursos de la defensa y desestimó las recusaciones presentadas contra ellos mismos. Esto consolida las condiciones de la condena por administración fraudulenta en la causa «Vialidad».
Fallo sin fisuras: la Corte avala la tobillera y rechaza recusaciones
Los jueces del máximo tribunal actuaron con celeridad y contundencia. En primer lugar, declararon «inadmisible» el recurso contra la colocación de la tobillera electrónica, argumentando que la defensa no logró explicar por qué la medida no sería indispensable para asegurar el cumplimiento de la pena. Además, su presentación se limitó a reproducir los argumentos del voto en disidencia de un juez de la Cámara de Casación, sin fundamentación autónoma.
En paralelo, los ministros rechazaron las recusaciones que la exmandataria había presentado en su contra, señalando que se basaban en motivos vinculados «exclusivamente a la intervención de los ministros en el ejercicio de sus atribuciones legales específicas». La Corte recordó que la recusación es un mecanismo excepcional y que no se acreditó un «temor objetivo de parcialidad» por parte de los magistrados.
El origen de la medida y el régimen de visitas bajo la lupa
La tobillera fue dispuesta por el Tribunal Oral Federal Nº 2 (TOF 2) como parte de la ejecución de la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua, que quedó firme el pasado 10 de junio. La medida se fundamenta en el artículo 33 de la Ley 24.660, que establece el uso de sistemas electrónicos como regla en casos de prisión domiciliaria.
Sobre el régimen de visitas, la Corte se abstuvo de pronunciarse, ya que el esquema anterior fue reemplazado por uno nuevo impuesto en noviembre por el juez del TOF2, Jorge Gorini. Este cambio se produjo tras la difusión en redes sociales de imágenes de reuniones en el departamento de la ex presidenta en la calle San José 1111, que si bien contaban con autorizaciones individuales, no estaban habilitadas de manera simultánea. Gorini consideró que la situación excedía «el sentido común de la regla». La defensa apeló estas nuevas restricciones y una audiencia para analizar este punto está prevista en la Cámara de Casación Penal.
Con este fallo, se consolida el escenario judicial para Cristina Fernández de Kirchner. La prisión domiciliaria, el monitoreo electrónico y un estricto control sobre las visitas permanecen como elementos centrales para el cumplimiento de su condena, cerrando otra puerta a las apelaciones de su defensa legal. Información extraída del medio Noticias Argentinas.




