Facundo Debesa iba borracho cuando se cruzó de carril e impactó contra la Mercedes Benz Sprinter que transportaba personal de la empresa DLS, provocando la muerte de Jonathan Escalante.
El pasado martes se conoció el veredicto del juicio oral y público por el homicidio culposo de Jonathan Escalante, ocurrido el pasado 5 de julio de 2017, que tiene como condenado a Facundo Debesa, a quien se lo declaró penalmente responsable, condenándolo a 3 años y 6 meses de cumplimiento efectivo, y 10 años de inhabilitación para conducir automotores. La jueza decretó su arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme.
Dabesa fue declarado culpable por el delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y bajo los efectos del alcohol; en concurso ideal con lesiones graves culposas dos hechos agravadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor y bajo los efectos del alcohol; en concurso ideal con lesiones leves culposas cinco hechos agravadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor y bajo los efectos del alcohol”, detalló la fiscalía.
El hecho ventilado en el juicio, que se desarrolló a lo largo de cuatro jornadas, aconteció el día 5 de julio de 2.017, siendo aproximadamente las 02:37 horas, cuando Facundo Debesa conducía una camioneta Ford Ranger, propiedad de su pareja, por Ruta Provincial N° 26, circulando en estado de ebriedad en dirección a Sarmiento. A la altura del Km 11, de forma imprudente, invadió el carril contrario perdiendo el dominio el rodado impactando con su lateral derecho delantero la parte lateral derecha trasera del rodado marca Mercedes Benz, Sprinter, que era conducida por un chofer de la empresa DLS, quien circulaba en sentido contrario, con destino hacia la ciudad de Comodoro Rivadavia, acompañado por el personal de dicha empresa.
Producto del impacto se produjo el fallecimiento de Jonathan Escalante al momento de ingresar al hospital, como consecuencia de haber sufrido traumatismo encéfalo-craneano, debido a fractura de la base de cráneo. De los Informes Médicos suscriptos por la Dra. Eliana a Bévolo, del Cuerpo Médico Forense, se desprende que dos empleados presentaron lesiones graves con incapacidad laboral mayor a 30 días; en tanto que 5 más de ellos presentaron lesiones leves, con un tiempo de curación y de incapacidad laboral menor a 30 días.
El tribunal unipersonal de debate fue integrado por Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; la querella fue ejercida por María Fabiana Padilla; en tanto que la defensa de Debesa fue ejercida por Juan Carlos Smith, abogado particular del mismo. Asimismo familiares de las víctimas fueron acompañados por profesionales del SAVD.
ADN Sur