En la sala de audiencias de la cámara penal ubicada en el sexto piso de los tribunales de nuestra ciudad comenzará este martes desde las 9, a desarrollarse el juicio oral y público mediante el cuál se juzgará a Carlos Archie Phillips como autor del femicidio en perjuicio de Evelyn Tatiana Lehr, ocurrido en las primeras horas del 14 de junio de 2018.
El tribunal estará integrado por César Zaratiegui, Mirta del Valle Moreno y Sergio Piñeda y actuará en la parte acusadora el fiscal general Arnaldo Maza.
De acuerdo a la acusación elevada, para la fiscalía se encuentra acreditado que el día 13 de junio de 2018, luego de las 21, Evelyn se encontraba sola en su domicilio ubicado en el barrio 119 viviendas de Trelew.
Posteriormente Carlos Archie Phillips se presentó en la vivienda y fue recibido por la víctima, dado que entre ellos había mediado una relación de pareja, pública y estable a lo largo de prácticamente dos años y medio y que recientemente había finalizado.
Ya en la madrugada del día 14 y en un horario cercano a las 4, cuando Evelyn se hallaba dentro del baño, el acusado irrumpió sorpresiva y violentamente a ese ambiente, sabiendo lo que hacía, conociendo el poder vulnerante del arma que portaba, empleando la violencia como medio para ejercer poder y dominación sobre su ex pareja y con el indudable propósito de causar la muerte se abalanzó sobre ella y comenzó a apuñalarla brutalmente empleando al efecto un cuchillo de aproximadamente 27 centímetros de largo que había llevado consigo a la casa.
No conforme con esto, con Evelyn ya en el suelo y aún con vida, se aproximó nuevamente para ultimarla aplicándole otras quince estocadas.
En total Evelyn Tatiana Lehr recibió un total de treinta heridas de arma blanca, dos de ellas que atravesaron el corazón, otras el pulmón y una el hígado, lo que provocó una hemorragia letal, cuadro que finalmente produjo su deceso.
A tenor del conjunto de elementos de prueba reunidos, a juicio de la parte acusadora la conducta desplegada por Carlos Archie Phillips reúne los elementos típicos exigidos en la figura de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra una persona con la que se ha mantenido una relación de pareja y por femicidio, al mediar violencia de género, en calidad de autor, de acuerdo a los artículos 80 incisos 1ro. y 11 y 45 del código penal.
Atento a las constancias del presente caso, la pena establecida por la ley conforme al delito que se atribuye al imputado, teniendo en cuenta la modalidad criminal desplegada y considerando que no se aprecian causales de justificación ni de inculpabilidad que puedan ser alegadas con éxito, el Ministerio Público Fiscal entiende que a resultas de la prueba que pueda producirse en debate se solicitará que el imputado sea condenado a la pena de prisión perpetua, así lo informó Radio Chubut.