El Concejo Deliberante de Esquel autorizó mediante ordenanza, la realización de actividades comerciales, industriales, recreativas y la prestación de servicios, en el ejido de la ciudad.
Se prevé una capacitación obligatoria en normas de seguridad, salud y sanidad para los propietarios de comercios, personal de atención al público y de reparto a domicilio, a cargo del Centro de Operaciones de Emergencias Municipales (COEM).
En los establecimientos donde se presten servicios o desarrollen actividades autorizadas, y sea indispensable un contacto físico entre prestador y cliente o paciente, será obligatorio llevar un registro diario de las personas que han recibido atención, en un libro foliado donde se asentará el nombre, apellido, DNI y domicilio de los asistentes. Se recomienda el uso de elementos de protección superior, con el fin de tapar la boca, nariz y mentón (tapabocas), en áreas de concurrencia masiva de personas, comercios, o en aquellos ámbitos donde no resulte posible guardar la distancia mínima de dos metros entre personas, y para todos aquellos que se desplacen en transportes públicos o privados en todo el ejido de Esquel. No será exigible el tapabocas cuando la actividad sea en forma permanente detrás de una barrera física.
Inspecciones conjuntas
El Departamento Ejecutivo Municipal se compromete a prestar asistencia al Ministerio de Salud de la Provincia, para realizar en forma conjunta las inspecciones que se requieran, a los fines de verificar el correcto cumplimiento de lo establecido en la ordenanza sancionada. La circulación de las personas en la ciudad, será teniendo en cuenta la terminación del Documento Nacional de Identidad. Lunes, miércoles y viernes sólo podrán circular aquellos cuyos documentos terminen en números pares (0, 2, 4, 6y 8); martes, jueves y sábado será el turno para quienes los documentos sean impares (1, 3, 5, 7 y 9). Los domingos se podrá circular sin restricciones.
En caso de incumplimiento de lo estipulado y sus respectivos Protocolos, se aplicará ante el primer incumplimiento, apercibimiento al responsable del comercio o actividad. Para las reincidencias se procederá a clausurar por 24 horas el local comercial, debiendo, el responsable, asistir a una capacitación de bioseguridad a cargo del COEM.