ARCA cambios régimen fiscal. Mediante la Resolución General 5617/2024, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anteriormente conocida como AFIP, anuncio cambios en el régimen de percepción para impuestos a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales. Esta norma reemplaza la Resolución General 4815, consolidando un sistema que busca garantizar la eficiencia de la recaudación fiscal.
Esta resolución surge en el contexto del fin del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), cuya vigencia expira el próximo 22 de diciembre del corriente año. A pesar de ello, desde ARCA decidieron mantener el régimen de percepción con modificaciones para ajustarlos a las necesidades actuales del sistema tributario.
Operaciones que abarcan la Resolución
Dentro de este punto, se encuentran la compra de moneda extranjera, para atesoramiento o pago de importaciones de mercaderías específicas; los pagos en el exterior, realizados con tarjetas de crédito, débito y otros medios equivalentes; los servicios contratados en el exterior, que incluye servicios adquiridos mediante agencias de viajes y turismo; y los servicios de trasporte internacional, ya sean aéreos, terrestres o acuáticos.
Por otra parte, las operaciones que quedan excluidas en estas modificaciones son las referidas a gastos de salud, medicamentos y educación; las de adquisiciones para investigación estatal o universitaria; y las que refieren a los transportes terrestre hacia países limítrofes.
¿A quiénes alcanza esta resolución?
De acuerdo con lo indicado desde ARCA, quedan incluidas personas humanas y jurídicas residentes en Argentina que realicen las operaciones mencionadas. Mientras que las entidades diplomáticas y organismos internacionales, así como entidades estatales con extensión vigente, quedan excluidas.