Un giro drástico sacude a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En un avance contundente para erradicar las conductas ilegales en la vía pública, el Ejecutivo porteño busca modificar la convivencia urbana con un paquete de medidas que endurece severamente los castigos contra los infractores, elevando el costo del incumplimiento a niveles históricos y eliminando antiguos beneficios procesales.
Reforma integral: penas severas, mayores arrestos y fin de la condena en suspenso.
El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Macri, envió a la Legislatura porteña un proyecto de reforma estructural del Código Contravencional (Ley 1.472) y de la Ley de Procedimiento Contravencional (Ley 12). La iniciativa propone aumentos sustanciales en montos de multas, trabajos de utilidad pública y días de prisión efectiva, además de incorporar nuevas herramientas para asegurar el cumplimiento de las penalidades.
El texto suprime la condena en suspenso y excluye, para los adultos, la suspensión del proceso a prueba (conocido como probation) como vía alternativa de solución. Asimismo, mantiene en dos años el plazo general de prescripción de la acción.
En materia de reincidencia en el espacio público, la ley crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público y fija agravamientos automáticos: un 50% de incremento de pena para la primera reincidencia, un 66,6% para la segunda y un 100% para la tercera.
“Al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa, sigue o acecha a una persona en la calle; al estafador que se hace pasar por un banco para engañar a alguien y robarle sus datos; al puntero que financia agrupaciones violentas; al delincuente que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad”, remarcó Jorge Macri.
“No hay Ciudad para los porteños de bien si el Estado se arrodilla frente a las mafias y los violentos. Con este nuevo Código que presentamos endurecemos las penas, agravamos la reincidencia y hacemos que el que rompe la ley pague las consecuencias de sus actos”, enfatizó la autoridad.
Golpes al bolsillo y cárcel: las cifras de la nueva escala de sanciones.
El articulado estipula montos máximos sin precedentes para combatir la venta ilegal y el alcohol al volante:
| Delito o Contravención | Multa Máxima | Días de Arresto | Sanciones Adicionales |
| Venta ilegal y espacio público | Hasta 50.000 UF ($58.654.000) | – | Frente al tope previo menor a $15M |
| Alcohol al volante | 1.000 a 6.000 UF (+ $7 millones) | 5 a 30 días | Inhabilitación de 6 meses a 4 años |
| Trapitos reincidentes | – | Hasta 90 días | Prisión efectiva por reincidencia |
| Ruidos molestos (conconsorcios) | Hasta 600 UF ($703.848) | Hasta 10 días | Trabajo comunitario de 3 a 15 días |
Las multas por ruidos molestos en espacios comunes de edificios pasan del rango actual de 1 a 5 días de utilidad pública a una escala de 3 a 15 días, sumando el arresto facultativo.
Nuevas figuras contravencionales y abordaje diferenciado para adolescentes.
El texto legal suma figuras delictivas de perfil digital y urbano antes no tipificadas, entre las que destacan:
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Acecho y acoso: Seguimiento o acecho sistemático a personas en la vía pública.
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Ciberdelitos: Obtención de claves o credenciales mediante engaños digitales y comercialización no autorizada de datos personales.
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Organización informal: Organización de compraventa masiva no regulada en la vía pública.
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Tecnología e interferencia: Portación de dispositivos de interferencia de señales informáticas o electromagnéticas y manipulación fraudulenta de sistemas de cobro o pasajes de transporte público.
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Seguridad ciudadana: Suplantación de identidad de agentes de autoridad en la vía pública, financiamiento de contravenciones reiteradas o de agrupaciones contraventoras, portación o distribución de elementos aptos para disturbios y entorpecimiento de sistemas de videovigilancia pública.
Respecto de los menores de 14 a 17 años, la reforma instituye un régimen diferenciado orientado a la responsabilidad, integración social, educación e interés superior del adolescente. Para este grupo no se aplica el régimen contravencional de adultos, sino medidas formativas como amonestación formal, asistencia de equipos interdisciplinarios, continuidad educativa, programas de capacitación laboral, reparación del daño provocado y tareas comunitarias acorde a la edad.
