Si pensamos que durante el gobierno del ChuSoTo habíamos visto todo, nos quedamos cortos.
Claramente se ve en las imágenes tomadas por camarógrafos en un acto público donde el Sr. Diputado Provincial, Roddy Ingram amenaza con total impunidad a la funcionaria elegida por el pueblo.
Este hecho tiene varias aristas, por un lado, la falta de respeto a la funcionaria pública, y por el otro la amenaza desembozada a plena luz del día y en un acto público a una mujer lo que lo hace aún más gravoso.
Si el Sr. Diputado tiene algunas cuitas que arreglar con la intendenta no es el modo de dirigirse a ella, en segundo lugar está faltando no solo el respeto como mujer sino a la propia investidura que detenta como intendenta de la ciudad de Rawson, la Ing. Rossana Artero.
Parece ser que para disciplinar a los díscolos ahora ya no alcanza con la amenaza velada, ahora han subido la escalada y directamente acuden al amedrentamiento patoteril para alcanzar los objetivos deseados.
Para la Ley 26485, en su artículo 4º define: “Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.”
En tal circunstancia se ve el derecho vulnerado de la intendenta perpetrado por un Diputado que debiera saber sobre que versan las leyes.
El artículo 6º de dicha Ley es un tanto más claro respecto a las modalidades y el inciso b es por demás elocuente respecto a la violencia esgrimida por el Sr. Diputado que expresa lo siguiente:
“ b) Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.
Con esto queda a las claras que tanto el gobierno Nacional como el gobierno Provincial apelan a la violencia institucional para acallar las voces que siquiera tengan una mueca de oposición a los respectivos gobiernos.
Es obvio que el caso de Rossana Artero no tiene absolutamente nada que ver con lo que sucede con Milagro Sala, pero tienen una raíz común, silenciarlos, cuando esto se realiza en forma sistemática, y ante cualquier hecho se apela a la violencia, la pregunta que viene a renglón seguido es: ¿esto es democracia?, no solo es por el incidente con la Intendenta de Rawson, también está la represión Mapuche, la “revisación” de los certificados médicos de los docentes, el no pago a algunos docentes y los problemas con las maestras guiadas, la situación del gremio docente no es la mejor, y mucho menos a muchos de los empleados de la administración público.
¿Qué relación existe entre el ejercicio del Poder y el derecho?
En definitiva, el mundo del Derecho es el mundo de la regla, del criterio de comportamiento, de la predictibilidad, de la certeza; no es el mundo de la alteración traumática de la realidad, del ímpetu, del capricho, de lo inesperado, de lo arbitrario, rasgos estos referibles más bien a la idea de violencia.
En democracia, hay mecanismos prohibidos para defender posiciones, mecanismos que se reconducen al uso de la violencia. Por ello, la violencia es una negación de la discusión y de la deliberación. Se caracteriza por la desconfianza respecto de la discusión. La estrategia que se utiliza para imponerse en el escenario político y social no es la del debate sin o la de la agresión y la del miedo. La violencia intenta la imposición sobre todo aquel que no comparte los planteamientos del violento o que no se pliega a sus exigencias. Emplea una estrategia amigo-enemigo. El violento carece de la capacidad de ponerse en lugar del otro (que es la propia de la moralidad democrática). Por tanto, carece de una lógica compatible con el sistema democrático.
La ampliación de lo que debe ser entendido por violencia institucional en el Estado constitucional es, al fin y al cabo, una consecuencia de las exigencias y compromisos derivados del lugar que ocupan los derechos en su interior. Y supone una llamada de atención en relación con todos aquellos poderes e instituciones que, en el ejercicio de sus competencias, pueden afectar derechos y libertades; una llamada de atención al legislador, que al desarrollar la Constitución y al tomar determinadas decisiones normativas puede violentar tanto el sistema de derechos hasta hacerlo irreconocible; y una llamada de atención al juez que, si bien ocupa un lugar principal en el Estado constitucional a la hora de garantizar los derechos constitucionales, también, a través de sus decisiones, puede vulnerar aspectos básicos como las garantías procesales y el derecho a una decisión justa. También aquí estaríamos frente a casos de violencia institucional frente a los derechos, incompatible con el sentido y las exigencias del Estado constitucional.
¿Ahora queda claro por qué está en peligro la democracia?