Como la Municipalidad de Trelew no presentó evidencias nuevas que justifiquen un cambio de postura, Sastre concluyó que no existen fundamentos para apartarse de la decisión de la Cámara.
Esto obliga a los funcionarios locales a implementar un método alternativo para la recaudación de la Tasa de Bomberos, garantizando que el cobro se realice de forma directa y legal.
El juez federal Hugo Sastre confirmó que la Cooperativa Eléctrica no podrá recaudar en sus facturas la Tasa de Bomberos Voluntarios, tras la apelación de la Nación que revocó la medida cautelar inicial. La Municipalidad de Trelew deberá buscar otro mecanismo para percibir estos fondos. La información fue extraída de Diario Jornada.
Nueva sentencia judicial y rechazo al cobro vía Cooperativa
El magistrado federal Hugo Sastre rechazó un amparo presentado por la Municipalidad de Trelew, que buscaba la inconstitucionalidad de la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación. Esta resolución establece que la Cooperativa no puede incluir en su facturación tasas ajenas a los servicios que presta.
En primera instancia, Sastre había admitido una medida cautelar que favorecía el cobro de la Tasa de Bomberos a través de la Cooperativa, pero la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó esa decisión.
Evaluación del juez y alternativas de recaudación
En su nuevo fallo, Sastre explicó: “Ese Tribunal introdujo en su análisis elementos que ameritan una reevaluación de lo decidido oportunamente”. El juez coincidió con los camaristas en que la Resolución nacional no vulnera la autonomía municipal, ya que la Municipalidad puede percibir la Tasa de Bomberos mediante un mecanismo directo, pero sin intermediación de la Cooperativa.
El objetivo de la normativa nacional “es que los proveedores de servicios públicos esenciales dejen de incluir en sus facturas cargos o tasas ajenos a los bienes y servicios que prestan. La Cooperativa solo puede cobrar a sus usuarios los servicios que efectivamente les brinda”, detalló Sastre.