PARA LA ELECCION DE LOS MAGISTRADOS
Por unanimidad quedó aprobada hoy la Ley sobre las audiencias públicas para la elección de los magistrados en el Superior Tribunal de Justicia. La ley que cuenta con 14 artículos establece, entre otras cosas, que producida una vacante en el Superior Tribunal de Justicia en un plazo máximo de noventa días, se publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos diarios de circulación provincial, durante tres días, el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura de la vacancia. En simultáneo con tal publicación se difundirá en la página oficial de la red informática del Ministerio de Gobierno.
Deberán adjuntar la declaración jurada en la que incluirán la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que integren o hayan integrado en los últimos ocho años, los estudios de abogados a los que pertenecieron o pertenecen, si desarrolló actividad académica, y quienes formaron parte de la misma cátedra, la nómina de clientes o contratistas de por lo menos los últimos ocho años, en el marco de lo permitido por las normas de ética profesional vigentes, y en general, cualquier tipo de compromiso que pueda afectar la imparcialidad de su criterio por actividades propias, actividades de su cónyuge, de sus ascendientes y de sus descendientes en primer grado, ello con la finalidad de permitir la evaluación objetiva de la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses.
Deberán adjuntar a las presentes declaraciones Certificación del Registro Provincial de Alimentantes Morosos y Certificado de Antecedentes Penales del Registro Nacional de Reincidencia.
Los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos , podrán en el plazo de quince días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al Ministerio de Gobierno, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones, y circunstancias que consideren de interés expresar en relación de los incluidos en el proceso de preselección, bajo declaración jurada respecto de su propia objetividad respecto de los propuestos.
Recepcionadas las actuaciones, se convocará dentro del plazo de treinta días a una sesión especial, tal como lo estipula el artículo 132 de la Constitución Provincial y el Reglamento Orgánico de la Legislatura, con la presencia de los candidatos propuestos por el Poder Ejecutivo. Los legisladores propondrán las preguntas que entiendan conducentes para la evaluación del/ los candidatos a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Honorable Legislatura; entre las que no podrá soslayarse, informen respecto del compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos, para lo cual se confeccionará el pliego de preguntas que serán entregadas a los candidatos con una anticipación no menor a cinco días de la sesión especial.