La sala A de apelaciones de Trelew ratificó este miércoles la sentencia de primera que dio lugar al recurso de amparo presentado por el Municipio de Rawson para que la Cooperativa de Servicios Públicos no pueda aumentar las tarifas de manera unilateral, tal como lo había realizado en abril de este año y obligó a la entidad a retrotraer los valores a abril de 2017.
El sentencia de primera instancia fue ratificada por los jueces Natalia Sportuno, Marcelo Peral y Aldo Luis de Cunto en donde se “declaró la ilegalidad de la resolución N° 2582/17 y ordenó dejar sin efecto el aumento de tarifas aplicadas a los usuarios de la ciudad de Rawson, a partir del periodo abril 2017, haciendo dicha medida extensiva a la totalidad de los usuarios del servicio”.
De esta manera quedó establecido que el Concejo Deliberante es el organismo que tiene la potestad de establecer los aumentos de tarifas tras solicitud del Ejecutivo Municipal.