Poniendo de manifiesto que la entrada en vigencia de la ley 25.065 de Tarjetas de Crédito y su modificatoria Ley 26010 B.O. 11/01/2005, el Art. 10 de la Ley 27253 y Resolución 3997 de AFIP por la cual se hace obligatorio el uso del Posnet, en todos los comercios cualquiera sea su ramo, la concejal de PJ-FpV María Gómez impulsó un proyecto de Ordenanza donde propicia que, “la exhibición de precios debe efectuarse en pesos, en contado y correspondiente al total que debe abonar el consumidor final por unidad. La exhibición debe ser clara, visible, horizontal y legible. Cuando se realice mediante listas, estas deberán estar expuestas en lugares de acceso al público y en los lugares de venta o atención a disposición del mismo”, como reza el artículo primero de la iniciativa.
La edil explicó que la situación ha derivado a discusiones entre clientes y comerciantes, a raíz de que se le pretende cobrar sobreprecios a quienes hacen uso de la tarjeta de debito para pagar sus compras, sin que ello este expresado en los comercios.
En su proyecto la edil subraya que, “se prohíbe hacer diferencia de precio entre operaciones al contado y con tarjeta (de débito o crédito en un solo pago)”.
Resalta que, “se ha observado también en distintos comercios, en variados rubros no se exhiben los precios de los diferentes productos que se ofertan y atendiendo al difícil contexto económico inflacionario que estamos atravesando y que afecta notablemente el poder de consumo del trabajador”.
Denuncias
Añadió que estas situaciones han derivado a que, en comercios de nuestra ciudad y que fueran denunciadas por vecinos, donde no se considera pago contado al pago realizado con tarjeta de débito”.
La ordenanza propuesta indica en su artículo segundo, que, “el precio debe estar indicado contado efectivo o financiado con tarjetas y la tasa de interés efectiva anual aplicada calculada sobre el precio de contado efectivo”.
Aclara que, “en el caso de carnicerías, pescaderías, panaderías y casas de comidas para llevar, la obligación de exhibir los precios se traslada al interior del local, con carteleras ubicadas en forma clara y visible”.
Multas
El proyecto viene acompañado de una propuesta de penalidad.
“Toda infracción a lo establecido en la presente Ordenanza será sancionada con:
a) PRIMERA INFRACCIÓN: Un apercibimiento.
b) SEGUNDA A CUARTA INFRACCIÓN: Multa de CINCUENTA UNIDADES FIJAS (50 U.F) a DOSCIENTAS UNIDADES FIJAS (200 U.F).
c) QUINTA INFRACCIÓN: CLAUSURA SETENTA Y DOS (72) horas, en días de actividad.
d) SEXTA INFRACIÓN: Caducidad de la Habilitación Comercial.