Un fallo del juez laboral Paulo König habilita a ocho empleados judiciales a dejar de tributar Ganancias. Aunque es una sentencia inédita en la provincia, tiene casos similares en Neuquén, Río Negro y Buenos Aires, además de otras localidades del norte del país. La decisión de primera instancia fue apelada por la Fiscalía de Estado y se corrió traslado a la Cámara de Apelaciones de Trelew.
König definió “hacer lugar a la medida autosatisfactiva -por reconducción- deducida en autos contra la PROVINCIA DEL CHUBUT – PODER JUDICIAL, ordenando a ésta última en su carácter de AGENTE DE RETENCIÓN del Impuesto a las Ganancias, el cese de la retención del referido tributo de los actores a partir de los haberes correspondientes al mes de agosto del año en curso”.
Luego detalla “tener presente la ejecución de la presente para el momento en que adquiera firmeza”.
El abogado que representa a los trabajadores, Guillermo Löwy, dijo que “esto tiene que ver con el cambio la Ley del impuesto. La ley de Impuesto a las Ganancias dice quiénes son los sujetos pasivos del impuesto. En 2016 se modificó y se dijo que los judiciales únicamente a partir del 2017 tributaban y ellos tienen más de 30 años en el poder judicial y por lo tanto no son sujetos pasivos del tributo, no les corresponde. Ellos tienen 30, 34 años en el Poder Judicial y le retienen igual”.
En contacto con Jornada, explicó: “A partir de 2016, como quisieron gravar a todos, dijeron que van a estar gravados magistrados, funcionarios y empleados judiciales, pero siempre y cuando ingresen a partir de 2017. En consecuencia, los que ingresaron antes no. Quedan gravados magistrados, funcionarios y empleados a partir del 2017. Quiere decir que los anteriores no, los nombrados antes no”, explicó.
Retención ilegal
De acuerdo a la resolución, los empleados argumentaron que “hace casi dos años y medio la provincia está reteniendo en forma ilegal sumas significativas de dinero de sus haberes”.
“Refieren que en la ley no existe referencia expresa a aquellos que hubieran ingresado al Poder Judicial de esta provincia con fecha anterior al 01/01/2017 y que hasta la sanción de la Ley 27.346 venían abonando el impuesto, ahora se encontrarían exentos del tributo”, resumieron.