El Ministerio de Salud de Entre Ríos (Argentina) autorizó al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra volver a ejercer su profesión de manera privada, dejando sin efecto la medida cautelar que lo había sancionado por no haber realizado un aborto en el 2017.
En noviembre de 2020 el Ministerio de Salud de Entre Ríos deshabilitó la matrícula del médico que, para ese entonces, había abierto un consultorio privado en el municipio de Gualeguaychú.
Esta deshabilitación había seguido a la sentencia del 4 de octubre de 2019 del Tribunal de Río Negro, que condenó al médico a un año y dos meses de prisión en suspenso, y a dos años y cuatro meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Sin embargo, la defensa del médico apeló la sentencia judicial. Además, en diciembre de 2020 presentó un recurso ante el ministerio, que obtuvo una respuesta favorable.
La resolución del 11 de febrero del ministerio indica que “la condena de prisión e inhabilitación (del tribunal) no se encuentra firme y consentida”, por lo que queda “sin efecto de oficio, la medida cautelar” contra Rodríguez Lastra.
Damián Torres, uno de los abogados defensores de Rodríguez Lastra, precisó que aún si la sentencia del tribunal se confirma, el médico solo podría quedar inhabilitado para ejercer la medicina en un cargo público, no así en el sector privado, donde podría continuar con su profesión.