Por ley, en Argentina el voto es obligatorio para todos los ciudadanos que integran la franja etaria que va desde los 18 a los 70 años; y la no justificación de su ausencia representará una multa para cada uno.
La Constitución Nacional precisa en su artículo 37 que “el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio”, por lo que, en consecuencia, aquellos ciudadanos que no concurran a votar serán multados económicamente en caso de no poder justificar su no emisión de voto.
Ante este hecho, el monto que deberán pagar será de 50 pesos en las PASO; mientras que quienes no vayan a votar en las elecciones generales de noviembre, serán sancionados con el pago de 100 pesos.
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En caso de no pagar la multa, los ciudadanos sancionados quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. En el sitio oficial infractores.padron.gob.ar se puede consultar la situación particular de cada ciudadano.
¿Cómo se paga la multa por no votar?
La deuda puede abonarse a través del Banco de la Nación Argentina personalmente o por medios electrónicos como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual. La información se actualiza en la web dos días hábiles después de saldada la deuda. El monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.