El Gobierno nacional puso en vigencia las nuevas medidas, normas y flexibilizaciones que regirá hasta fin de año, en el marco del avance de la pandemia del Covid. Ya hay 11 provincias que confirmaron no será obligatorio el uso del tapabocas al aire libre.
El Gobierno Nacional emitió en las últimas horas un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para flexibilizar algunas restricciones derivadas de la pandemia de coronavirus y regular la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario desde este viernes 1º de octubre y hasta el 31 de diciembre próximo.
Entre ellas, se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando se circula en forma individual, en todos los casos cuando no haya aglomerado de personas. Sin embargo, continúa siendo obligatoria en lugares cerrados (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas.
Las provincias que ya indicaron que flexibilizarán el uso del tapabocas son Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, La Pampa, Río Negro, San Juan, San Luis, Santiago del Estero, Tierra del fuego y Tucumán, señala TN.
Se habilitaron las reuniones sociales sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.
Tendrán el 100% de aforo en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.
Aperturas en los viajes
Autorización de viajes de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas y principales de estudiantes o similares siguiendo los protocolos recomendados.
Boliches y salones de fiesta con aforo del 50% y la autorización de discotecas con aforo del 50%, con esquema completo de vacuna.
Los eventos masivos de más de mil (1000) personas se habilitan con aforo del 50%, como el ingreso de los hinchas a los estadios de fútbol (con al menos una dosis de la vacuna aplicada) y se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos.
Autorización ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento
Apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernadores (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción).
Entre el 1 de octubre y 1 de noviembre incremento del cupo de ingreso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos y terrestres. El 1 de noviembre se autoriza ingreso de todos los extranjeros.
Qué se solicitará para ingresar al país:
Esquema de vacunación completo, con fecha de última aplicación por lo menos 14 días previos al arribo al país.
Test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque, o antígeno en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria.
Test de PCR al día 5 a 7 del arribo hasta que lo defina la autoridad sanitaria.
Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo incluyendo los menores deberán realizar cuarentena, test de antígeno al ingreso, y test de PCR al día 7.
Al momento de alcanzar el 50% de la población completamente vacunada: se dejará de realizar test de antígeno al ingreso (salvo los no vacunados) y PCR al día 5-7 y se podrá levantar el cupo. Ya de esta manera se minimiza el impacto del aumento de hospitalizaciones y muertes.