La Administración Federal de Ingresos Públicos dio un importante anuncio y confirmó los nuevos montos que bancos y billeteras virtuales que los usuarios deberán reportar por saldos, consumos y transacciones de sus cuentas.
“Se encuentra abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información”, indicó en un comunicado la AFIP.
“En pos de dicho objetivo, por un lado, modificó la Resolución General N° 4298, que establece la obligación de informar de las entidades financieras a esta Administración Federal”, agregaron.
De esta manera, explicaron que en relación a las transacciones bancarias, se ha establecido un aumento en los montos mínimos para acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de cuentas. De esta forma, el monto mínimo ha sido elevado de $200.000 a $700.000. Asimismo, para consumos realizados con tarjetas de débito del titular y adicionales, el monto mínimo se ha incrementado de $120.000 a $400.000.
También, detallaron que “se elevaron los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que establece el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago”. “En el supuesto de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000”, mencionaron.
“Para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC”, señalaron desde el organismo a cargo de Florencia Misrahi. “Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente”, concluyeron.