Los contribuyentes contarán con plazo hasta el 27 de agosto de 2026 para cumplir con el trámite formal, aunque la fecha para efectuar el pago del saldo correspondiente se mantiene inalterable para el próximo 27 de julio.
A través de sus canales oficiales en la red social X, el organismo recaudador justificó la flexibilización del calendario al señalar que “la medida busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”. Esta decisión representa el segundo aplazamiento dispuesto por el Ejecutivo sobre la fecha original de junio, una postergación que influyó de manera directa en el déficit fiscal registrado durante el mes anterior debido al retraso en el ingreso de los recursos.
Negociaciones con tributaristas y la reforma de Inocencia Fiscal
El anuncio de ARCA se produjo inmediatamente después de un encuentro clave entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y referentes del ámbito tributario. En la reunión se analizaron los lineamientos de la nueva ley de Inocencia Fiscal que el oficialismo impulsa en el Congreso de la Nación, la cual introducirá modificaciones sustanciales en el régimen impositivo general.
Los profesionales de las Ciencias Económicas, quienes ya habían traccionado la primera prórroga, aguardan ahora precisiones reglamentarias sobre las herramientas de formalización patrimonial. El objetivo de la reforma oficialista apunta a simplificar los mecanismos de liquidación para estimular el reingreso de ahorros e inversiones que actualmente permanecen fuera del sistema financiero local.
Las claves del nuevo Régimen Penal y la Declaración Simplificada
Mientras se debate el nuevo proyecto legislativo, los asesores impositivos avanzan en la aplicación de las modificaciones al Régimen Penal Tributario y del Procedimiento Tributario que fueron reglamentadas en febrero pasado. Estas normativas buscan incentivar la declaración de activos y actualizaron los montos que encuadran los delitos fiscales en el país:
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Pisos de evasión: El límite mínimo para determinar una evasión simple se elevó de $1,5 millones a $100 millones, mientras que el piso para la figura de evasión agravada pasó de $15 millones a $1.000 millones.
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Extinción penal: Se sumó un instrumento legal que permite dar por terminada la acción penal en caso de que el contribuyente cancele la totalidad de la deuda y los intereses generados antes de la formulación de la denuncia judicial.
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Esquema simplificado: Se diseñó un Régimen de Declaración Jurada Simplificada para personas físicas con ingresos menores a $1.000 millones anuales y patrimonios inferiores a $10.000 millones. En este sistema, ARCA confeccionará la liquidación basándose en los datos disponibles y el impuesto se calculará sobre la facturación, liberando de cargas formales a quienes cumplan en término.
