La Sindicatura General de la Nación (SIGEN) oficializó una decisión clave que pondrá la mira sobre la administración de la salud pública.
Con la aprobación de la Resolución 312/2026 en el Boletín Oficial, el organismo estableció las pautas normativas obligatorias para organizar y supervisar el trabajo inicial de las nuevas Unidades de Auditoría Interna (UAI) en los Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad (SAMIC) que inicien sus funciones a partir de 2027 o en ejercicios posteriores.
Esta medida busca transparentar circuitos operativos y económicos de alta sensibilidad para garantizar la continuidad asistencial en la atención médica. Destacando el severo reordenamiento institucional.
Fechas límite y evaluación estricta de riesgos administrativos
Para aquellos equipos de auditoría que inicien su actividad formal en el año 2027, el marco regulatorio fija como fecha límite e impostergable el 30 de octubre de 2026 para la presentación de su primer plan anual. Por su parte, las unidades que comiencen sus labores de manera posterior deberán acoplarse a los plazos vigentes de cada ejercicio o, en caso de iniciar durante el año, diseñar la planificación para el período restante.
El esquema de auditoría no será aleatorio: la programación obligatoriamente se fundamentará en una evaluación preliminar documentada de riesgos. Se deberán sopesar factores críticos como la relevancia económica de las transacciones, las fallas estructurales de control detectadas y el eventual impacto que estas deficiencias puedan tener sobre la prestación médica directa.
Entre los ejes prioritarios señalados para las auditorías se destacan:
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Compras, contrataciones y pagos a proveedores.
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Gestión de personal y liquidación de haberes.
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Manejo de inventarios y bienes de uso.
Foco en insumos críticos y la excepción especial del Hospital Garrahan
Más allá de la revisión administrativa, cada plan anual tendrá que incorporar al menos un proceso sustantivo puramente hospitalario. La SIGEN sugiere enfocar la lupa en el área de farmacia y en la disponibilidad constante de medicamentos e insumos críticos. No obstante, si se argumenta un nivel de riesgo superior, los auditores podrán optar por auditar la entrega de turnos, el acceso general a las prestaciones, la utilización de los quirófanos o el mantenimiento técnico de los equipos, siempre respaldado por competencias técnicas idóneas.
Por otro lado, para garantizar el pronto funcionamiento en los centros donde se implemente por primera vez una unidad, el Comité de Control Interno deberá celebrar su reunión inaugural dentro de los 60 días corridos a partir del nombramiento de su titular.
Cabe destacar que el Hospital Garrahan queda eximido de realizar esta reunión inicial obligatoria debido a que ya posee una auditoría y un comité en pleno funcionamiento. Sin embargo, la institución mantendrá el resto de sus obligaciones operativas y continuará su planificación bajo las pautas generales vigentes.
Finalmente, la normativa aclara que los cuadros de estructura y dotación del personal provistos son de carácter orientativo y no reemplazan los actos administrativos necesarios para la creación de cargos o la asignación presupuestaria, por lo que cada plan deberá amoldarse a los recursos reales y disponibles.
