Una grave e inminente amenaza para la salud de miles de niños encendió todas las alarmas de las autoridades sanitarias y de fiscalización en la Argentina.
En las últimas horas, se dispuso la prohibición absoluta en todo el territorio nacional de la comercialización de los populares y masivos juguetes antiestrés infantiles Squishy/Squeezy pertenecientes a la marca Pinch Family. La drástica e impostergable medida se tomó de manera oficial luego de que rigurosos ensayos de laboratorio confirmaran que los productos contienen niveles excesivos e ilegales de ftalatos, compuestos químicos potencialmente nocivos para los más pequeños.

La Disposición 804/2026 y los riesgos de los ftalatos en la salud infantil
La proscripción de la venta de estos productos quedó firmemente asentada a través de la Disposición 804/2026. La resolución oficial determinó que los Squishy/Squeezy de Pinch Family incumplieron gravemente las normas nacionales e internacionales de seguridad industrial para productos destinados a las infancias. Los ftalatos son sustancias de origen sintético empleadas por los fabricantes para dotar de flexibilidad, maleabilidad y suavidad a ciertos plásticos. Sin embargo, su concentración en valores superiores a los umbrales máximos permitidos entraña un peligroso riesgo toxicológico para el organismo por simple contacto o ingesta accidental.
Según los datos, la normativa ordena de manera estricta que todas las existencias en stock de este artículo afectado deben ser retiradas de inmediato de la circulación comercial y destruidas o desechadas bajo rigurosos parámetros ambientales de descarte seguro.
Intimación a comercios y un plazo de 72 horas para tiendas virtuales
El alcance de la medida regulatoria afecta a toda la cadena de suministros del país: desde grandes importadores y distribuidores mayoristas, hasta jugueterías de barrio y locales minoristas. La norma abarca tanto la venta en comercios físicos como la transacción mediante plataformas digitales de comercio electrónico.
En el caso particular de las tiendas virtuales y vendedores por internet, la disposición exige que se informe y concrete la baja de las publicaciones en un lapso perentorio no mayor a las 72 horas hábiles contadas desde la entrada en vigencia del dictamen. Con este severo cerrojo preventivo, el Estado busca blindar los canales de consumo e impedir que más familias adquieran sin saberlo estos productos contaminados.
