Por unanimidad quedó aprobada en la sesión de hoy la Emergencia Comercial en el ámbito provincial por 180 días, prorrogable por igual período de perdurar la crisis.
Podrán acceder a sus beneficios quienes paguen los Ingresos Brutos y domicilio fiscal en Chubut; también las micro, pequeñas y medianas empresas radicadas en la provincia con más de 24 meses de actividad económica registrada y que encuadren en la clasificación establecida en la Resolución N° 154/18 dictada por el Ministerio de Producción de la Nación y que hayan mantenido la fuente laboral de todos sus empleados desde el 1 de Enero de 2018.
La Dirección General de Rentas emitirá, a solicitud del interesado, un certificado para la inclusión en la emergencia comercial declarada por esta ley que podrá ser utilizado para gestionar los beneficios consistentes en líneas de créditos a tasa diferenciada ante el Banco del Chubut S. A..