Fue este jueves en una sesión extraordinaria, a raíz de una iniciativa de los bloques minoritarios de Por Esquel, Frente Vecinal Esquel y PJ Frente de Todos, el documento original fue enriquecido con el debate de los ediles al que no dudó en sumarse el bloque oficialista de Juntos por el Cambio.
CONSIDERANDO:
Que, ante el intempestivo tratamiento del proyecto de zonificación minera, la comunidad se ha manifestado en las calles, mediante marchas y asambleas en toda la Provincia del Chubut, mostrando que el proyecto de zonificación minera no tiene licencia social, y exigiendo el tratamiento del proyecto de ley por iniciativa popular;
Que, el Segundo Proyecto de Ley por Iniciativa Popular para establecer los parámetros de Sustentabilidad Ambiental en las explotaciones mineras fue presentado el 16 de Octubre de 2020, avalado por más de 30.000 firmas que representan el 6,7% del padrón de la Provincia;
Que, la iniciativa Popular constituye un mecanismo que no solo garantiza el ejercicio democrático de los ciudadanos, los cuales deben organizarse en asamblea para consensuar, proponer, decidir, planificar, y accionar en defensa de un derecho colectivo, sino también, obliga a darle tratamiento parlamentario en el término de seis meses contados a partir de su presentación;
Que es deber de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y de las máximas autoridades del Gobierno Provincial, garantizar la transparencia de los procesos democráticos;
Que, consideramos que están dadas las condiciones sanitarias y, que es posible mantener el distanciamiento social dentro de la Legislatura;
Que los vecinos de la Asamblea manifestaron a este Honorable Cuerpo que, consideran que si están dadas las condiciones para el retorno a las clases presenciales, también podrían retornar las sesiones presenciales en la Legislatura, con los protocolos DISPO correspondientes;
Que, la Asamblea de Vecinos Autoconvocados por el NO A LA MINA, mediante la denuncia penal realizada en nuestra Ciudad el 03 de Marzo del corriente año manifiesta “mantenemos la sospecha que para lograr la aprobación del mismo algún diputado “intencionalmente” pudiera desconectarse o alegar no tener conexión de internet a los efectos de conseguir la mayoría para la aprobación del citado proyecto. Ante esta sospecha de la modalidad estaríamos ante una acción legislativa fraudulenta”;
Que, este Honorable Concejo Deliberante como representante de los vecinos de esta ciudad, se ha pronunciado en diferentes oportunidades negativamente respecto al desarrollo de la megaminería en todo el territorio de la Provincia del Chubut;
Que a través de las Declaraciones 01/16, 14/16, 01/18, 2/18, 5/20, 10/20 este Concejo reafirma el rechazo a la actividad megaminera respetando la voluntad mayoritaria de los vecinos de Esquel.
Que mediante la Declaración 12/20, se declaró de Interés Municipal, el segundo proyecto de Ley por iniciativa popular para establecer parámetros de sustentabilidad ambiental en las explotaciones mineras, elaborado por la Unión de Asambleas de Comunidades Chubutenses.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
DECLARACIÓN:
ART 1°: Instar a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, a que retome las Comisiones y Sesiones presenciales, especialmente, en aquellos casos en que se traten proyectos de alto impacto social e institucional, como lo es el tratamiento del Proyecto de zonificación minera Nº 128/20.
ART 2°: Exigir a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el urgente tratamiento del Proyecto de Ley por Iniciativa Popular Nº 129/20.
ART 3°: Ratificar en todos sus términos las múltiples declaraciones emitidas a lo largo de todos estos años, desde el Plebiscito del año 2003, por este Cuerpo Legislativo, respecto al tema y respetando la voluntad expresada por los vecinos de Esquel, en contra de la zonificación.
ART 4°: Instar al Gobernador de la Provincia del Chubut, Mariano Arcioni, al Ministro de Seguridad Federico Massoni, y a todo el gabinete Provincial que garantice la seguridad e integridad de los habitantes de la Provincia del Chubut.
ART. 5 º: Remítase copia de la presente Declaración al Presidente de la Nación, al Gobernador de la Provincia del Chubut, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, y a todos los Concejos Deliberantes de la Provincia.
ART. 6 º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Fuente: Radio3 Cadena Patagonia