Desde el Colegio Publico de Abogados de Puerto Madryn deseamos expresar nuevamente nuestra profunda preocupación por el absoluto desprecio a las instituciones legales que exhiben nuestras autoridades provinciales.
En esta oportunidad los ciudadanos de la Provincia del Chubut nos enteramos por los medios que el Sr. Gobernador de la Provincia, ingresó a la Legislatura Provincial los pliegos de tres postulantes para ocupar vacancias en el Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia.
La Constitución Provincial prevé en sus artículos 155 y 156 que corresponde al Poder Ejecutivo Provincial la postulación de los Ministros para su aprobación por la Legislatura y el referido procedimiento se encuentra reglado actualmente por la Ley V Nº 152.
La citada ley fue sancionada por la Legislatura Provincial en el mes de junio de 2016, cuando el actual Gobernador presidía como Vicegobernador el Parlamento Provincial.
Por la Ley V Nº 152 se estableció un mecanismo legal (de aplicación obligatoria tanto para el Gobernador como para los postulados) por el cual en forma previa a enviarse las propuestas la Legislatura, el Gobernador debe:
– Publicar en el Boletín Oficial y en al menos dos Diarios de Circulación Provincial, durante Tres días, nombres y antecedentes curriculares de las personas a considerar para postular. En simultáneo, se debe difundir en la página oficial de la red informática del Ministerio de Gobierno. ESTO NO HA SIDO CUMPLIDO.
– Presentación de certificados homologados por profesionales idóneos del Sistema de Salud Pública Provincial del Chubut que acrediten aptitud física y psíquica para el desempeño de la Magistratura por las personas consideradas. ESTO NO HA SIDO CUMPLIDO.
– Presentación por las personas propuestas de declaración jurada de todos los bienes propios, los de su cónyuge y/o los del conviviente y de hijos menores, en los términos y condiciones que establece la Ley de Ética de la Función Pública. ESTO NO HA SIDO CUMPLIDO.
– Conceder un plazo de QUINCE días a los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, luego de la publicación oficial para presentar al Ministerio de Gobierno, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones, y circunstancias que consideren de interés expresar en relación de los incluidos en el proceso de preselección. ESTO NO HA SIDO CUMPLIDO.
– Hacer mérito de las posturas u observaciones efectuadas antes de elevar la propuesta al Poder Legislativo. ESTO NO HA SIDO CUMPLIDO.
Claramente, no se ha seguido en absoluto el procedimiento legal establecido por la Ley V Nº 152.
Cualquier incumplimiento legal por parte de las Autoridades es sumamente grave, pero más grave es aún cuando la ilegalidad se comete en un proceso de semejante trascendencia institucional como es la designación de las máximas autoridades de la Justicia Provincial.
Desde el Colegio Público de Abogados de Puerto Madryn exhortamos al Sr. Gobernador a que respete la Ley y asimismo también les pedimos a las personas propuestas que, si su intención es formar parte de la más alta Magistratura Provincial, prediquen con el ejemplo, hagan respetar la Ley y exijan su cumplimiento o bien den un paso al costado para no ser cómplices de una ilegalidad y un nuevo atropello a las instituciones de nuestra Provincia.