Una histórica medida oficial aceleró en las últimas horas el andamiaje técnico e institucional para desprenderse de valiosos activos e infraestructura clave del Estado Nacional.
Con la mirada puesta en atraer oferentes privados e iniciar un paquete de ventas estratégicas, las autoridades nacionales reglamentaron un nuevo esquema operativo que regulará la adjudicación de compañías de gran porte en todo el país.
El Gobierno fijó los pasos a seguir para participar de las subastas públicas destinadas a la privatización de empresas estatales a través de la Disposición 52/2026, firmada por la titular de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), Agostina Brichetti, y publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La normativa busca dar operatividad a lo dispuesto en la Ley Bases (N.º 27.742) y en la Ley de Reforma del Estado (N.º 23.696), habilitando la venta de compañías emblemáticas como Corredores Viales, Belgrano Cargas y AySA.
Plataforma SUBAST.AR y las exigencias de inscripción para oferentes
La nueva reglamentación estipula de forma taxativa que la totalidad de los procedimientos de remate o subasta pública para la enajenación de activos, acciones o establecimientos productivos se realizarán exclusivamente de manera electrónica mediante el sistema oficial SUBAST.AR.
Para quedar habilitados formalmente en las compulsas, los aspirantes privados deberán completar una serie de trámites de registro obligatorio:
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Inscripción previa: Registrarse en el módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” disponible dentro del portal web de CONTRAT.AR.
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Declaración en la plataforma: Declararse expresamente como oferentes dentro de la interfaz de SUBAST.AR.
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Unicidad del administrador: Garantizar que el usuario acreditado como «Administrador Legitimado» sea exactamente el mismo en los sistemas interconectados SUBAST.AR, COMPR.AR y CONTRAT.AR.
Exenciones y facilidades para agilizar la venta de activos estatales
Con el objetivo de simplificar la burocracia y agilizar las convocatorias públicas, la disposición formaliza importantes beneficios para aquellos actores económicos que ya mantienen vínculos operativos o contractuales con el sector público nacional:
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Inscriptos previos: Quienes figuren dados de alta en el módulo de privatizaciones de CONTRAT.AR no requerirán realizar una nueva tramitación.
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Concesionarios vigentes: Las firmas registradas bajo la Ley 17.520 quedan automáticamente autorizadas para intervenir en los remates.
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Proveedores del SIPRO: Aquellos incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) y validados en el módulo de privatizaciones quedan eximidos de revalidar su condición de oferentes en la plataforma SUBAST.AR.
La medida, cuya entrada en vigencia rige a partir del 30 de julio de 2026, pretende asegurar un mecanismo ágil, transparente y centralizado para acelerar el plan de remate de bienes públicos dispuesto por el Poder Ejecutivo.
