Un vuelco de alto impacto en los tribunales federales vuelve a sacudir la resonante investigación por presuntas coimas y sobreprecios en el área de discapacidad.
La Sala I de la Cámara Federal dictó el sobreseimiento definitivo a favor de Hernán Daniel Díaz, jefe de sistemas de la reconocida empresa Suizo Argentina, quien se encontraba imputado por supuestamente obstaculizar los procedimientos judiciales del expediente.
El tribunal desestimó la acusación por el delito de desobediencia a un funcionario público al determinar que no existió intencionalidad ni dolo en la conducta del profesional durante los operativos.
Allanamiento y controversia por el acceso a las contraseñas
La situación de Díaz había quedado seriamente comprometida en el marco de un allanamiento ejecutado en la sede corporativa de la firma. Durante dicho procedimiento, las autoridades requirentes le exigieron al encargado de sistemas la entrega de las claves de acceso y el blanqueo de contraseñas de los correos electrónicos institucionales de la droguería.
En aquel momento, el especialista se negó a concretar la medida argumentando que no contaba con la autorización expresa de los propietarios de la firma. Tras ser citado a prestar declaración indagatoria en abril, presentó un escrito formal en el cual defendió técnicamente su postura frente a las imputaciones.
Los sólidos argumentos de la Cámara Federal para cerrar la imputación
La resolución de los camaristas Pablo Daniel Bertuzzi, Mariano Llorens y Pablo Yadarola dejó sin efecto las acusaciones tras un exhaustivo análisis jurídico sobre el rol del empleado:
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Inexistencia de dolo: Los jueces Bertuzzi y Yadarola concluyeron que la conducta de Díaz «resulta incompatible con la existencia de una voluntad general de desconocer la autoridad judicial», teniendo en cuenta además que el abogado corporativo de la droguería le había indicado que no tenía la obligación legal de cooperar en ese aspecto puntual.
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Rol exclusivamente técnico: Por su parte, el juez Llorens coincidió en la absolución remarcando que la presencia de Díaz en el operativo respondía únicamente a sus aptitudes técnicas en materia de sistemas informáticos, por lo que no le correspondía determinar si la exigencia de las autoridades era jurídicamente aplicable a su persona.
Con este fallo, se despeja la acusación sobre el área de sistemas en una de las causas judiciales más sensibles del sector salud.
