En un movimiento clave para el esquema de la reforma laboral, el Gobierno nacional resolvió postergar de manera oficial la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) hasta el próximo 1 de diciembre.
A través del Decreto 1228/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo no solo otorgó un mes adicional de margen respecto a la fecha pautada para noviembre, sino que también modificó drásticamente el período de carencia mínima exigido para poder utilizar los fondos, duplicándolo de seis a doce períodos mensuales completos.
Claves del sistema y la drástica duplicación del período de carencia
Los Fondos de Asistencia Laboral, creados en el marco de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, nacieron como instrumentos financieros diseñados para que los empleadores del sector privado cubran obligaciones derivadas de la extinción de los contratos de trabajo. Los recursos deben canalizarse de forma obligatoria mediante fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros regulados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), quedando excluidas de este régimen las relaciones laborales del empleo público.
El cambio sustancial introducido por el nuevo decreto radico en extender el plazo de carencia de 6 a 12 meses de devengamiento y pago consecutivos, contabilizados desde el registro inicial ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Los fundamentos de la medida señalan que el plazo previo de seis meses resultaba insuficiente para conformar un patrimonio inicial sólido capaz de afrontar las erogaciones previstas.

Los motivos de la prórroga y el nuevo calendario oficial
La postergación hasta el 1 de diciembre responde directamente a la necesidad de culminar las adecuaciones tecnológicas y los procedimientos operativos requeridos para la puesta en marcha integral de la norma. Esta prórroga había sido solicitada formalmente por cámaras vinculadas a los fondos comunes de inversión, fideicomisos financieros, agentes de bolsa y la propia CNV, con el objetivo de garantizar un despliegue sin fallas en el mercado.
A pesar del aplazamiento del cronograma operativo y la extensión en la acumulación de capital, las autoridades aclararon que la medida no elimina en absoluto las obligaciones laborales vigentes que los fondos deberán cubrir. El decreto, firmado este lunes, rige de manera inmediata tras su publicación, marcando un hito definitivo para el nuevo sistema que comenzará a operar formalmente sobre el cierre del año.
