Por el hecho acontecido el pasado 29 de enero de 2017 en Comodoro Rivadavia, que tiene como víctima al trabajador del volante Fernando Schmidt, se desarrolló la mañana del martes la audiencia de impugnación de sentencia ante los jueces de la Cámara en lo Penal local. El defensor del condenado Miguel Sotelo solicitó se readecue la pena de 17 a 8 años de prisión por falta de fundamentación del tribunal de juicio. En contraposición el fiscal requirió se rechace la impugnación de la defensa y se confirme en todas sus partes el fallo condenatorio a 17 años de prisión. Finalmente el tribunal pasó a deliberar y dará a conocer la parte resolutiva del fallo el próximo lunes 25 de junio a las 12.00 hs.
La Cámara en lo Penal ante la cual se realizó la audiencia estuvo conformada por los jueces Daniel Pintos, Martín Montenovo y Guillermo Müller; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa de Sotelo, por videoconferencia desde Trelew, la ejerció Esteban Mantecón, defensor público.
El defensor sostuvo su escrito presentado en contra de la sentencia por falta de fundamentación por parte de los jueces de grado. En la audiencia de imposición de pena, o cesura, sólo se mencionaron las pautas mensurativas pero no dieron razones suficientes porqué aplicaron la pena de 17 años de prisión a Sotelo. En dicha audiencia la defensa ofreció prueba como el informe social que dio cuenta del estilo de vida que sufriera desde su infancia Sotelo, abandono y crianza en la calle. “Esta situación no fue tenida en cuenta por el Tribunal al momento de citar condena”, agregó el defensor. Tampoco se tuvo en cuenta la corta edad de Sotelo, 18 años y la pena dictada excede las pautas que se utilizan en esta circunscripción. Concluyendo que el tribunal llegó a ese fallo en base a la alarma social; estimando que la pena que corresponde es el mínimo establecido para el delito de homicidio simple, 8 años de prisión.
En contraposición el fiscal ratificó su escrito contestando la impugnación solicitando se rechace la misma y se confirme en todas sus partes el fallo condenatorio. El tribunal tuvo en cuenta al momento de dictar pena las pautas mensurativas, como circunstancias atenuantes consideraron la edad del imputado y la falta de antecedentes penales computables. Asimismo los jueces hicieron referencia a que los agravantes son mucho más que los atenuantes. Consideraron como agravantes la naturaleza de la acción, la cantidad de lesiones provocadas a la víctima y la gravedad del hecho, entre otros. Considerando como pena justa los 17 años de prisión impuestos, pidiendo se rechace la impugnación y se confirme en todos sus términos la pena.
Finalmente los jueces de Cámara pasaron a deliberar y darán a conocer la parte resolutiva del fallo el próximo lunes 25 de junio, a las 12.00 hs.
El hecho por el cual fue condenado Sotelo
El hecho ventilado en juicio aconteció el 29 de enero de 2017 cuando el imputado Miguel Sotelo aborda un remis de la agencia Aleisa y en ocasión de transitar el mismo por las calle Las Orquídeas, entre Sarmiento y Huergo, provoca al menos 20 heridas con arma blanca a la víctima, el remisero Fernando Schmidt, ocasionando su óbito por un shock hemorrágico irreversible.