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Home»Municipios»Sarmiento»Dictan la prisión preventiva para Samuel Alcalá imputado por el femicidio de Lorena Piedras

Dictan la prisión preventiva para Samuel Alcalá imputado por el femicidio de Lorena Piedras

12 mayo, 2019
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Samuel Alberto Alcalá (33), será investigado como presunto autor de los delitos de homicidio doblemente agravado por la relación de pareja y femicidio. También, se le imputo el delito de femicidio en grado  tentativa. La fiscalía,  sostiene que es el único sospechoso, de asesinar a su pareja,  Lorena Vanesa Piedras (40) .

El hecho ocurrió, el último viernes a las 20:35, en el domicilio que la familia, compartía en el barrio «parque patagonia» .  Asimismo, aseguran que Alacala,  quiso matar a una de  las hijas de la víctima- una menor de 15 años de edad- cuando la adolescente  intento ayudar a su madre, ante el brutal ataque que sufría por parte de padrastro .

 La fiscal Andrea Vázquez, peticiono  la prisión preventiva del detenido, hasta la audiencia preliminar de juicio. En tanto, el abogado defensor Gustavo Oyarzun, pidió la libertad del imputado por femicidio, o un plazo de cuatro meses de aplicación de la medida de coerción.

 Finalmente, el juez Jorge Novarino, resolvió que el sospechoso permanezca detenido, con prisión preventiva  y otorgo un plazo de seis meses para concluir la investigación. 

 En la sala de audiencias de la oficina judicial, se desarrollo la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación preparatoria de juicio,  contra Alberto Samuel Alcalá (33).   La fiscalía, estuvo representada por la fiscal Andrea Vázquez y la funcionaria Marisol Sandoval.

El detenido,  recibió el asesoramiento legal de los abogados de la defensa pública, Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano. También participo la abogada Gabriela Francisco, en representación de la asesoría de menores y una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (S.A.V.D). En tanto, el acto judicial, fue presidido por el juez Jorge Novarino.

Al identificarse, el detenido señalo que había nacido el 31 de agosto de 1985, en la provincia de Corrientes. Con respecto a su grupo familiar, brindo el nombre de sus padres e indico que tenía tres hijos de 12, 11 y 4 años de edad. Sobre su situación laboral, afirmo que se encontraba desocupado.

En la ocasión, la representante de la parte acusadora, relato la causa  que investigara. A menos de 48 horas, del crimen de Lorena Piedra, la fiscal Vázquez  indico que  lo hechos ocurrieron,  el  10 de mayo a las 20:15 , en un domicilio ubicado  en la calle Rivadavia n° 1320.

Ese lugar, es conocido como “complejo  de departamentos verdes”, del barrio «parque patagonia». En el departamento n°4,   Lorena Piedras,  se encontraba junto a  Samuel  Alcalá. Ella había nacido un 22 de febrero de 1979, en la provincia de Buenos Aires.  Llevaban cinco años de convivencia.

La pieza de apertura de la investigación,  refiere que la pareja mantuvo una discusión. En ese contexto, el imputado, tomo un arma blanca y apuñalo diecisiete veces a la mujer.

Según el informe de la autopsia forense, la víctima, recibió doce puñaladas en la zona alta de la espalda. Otros cuatro cortes en el cuello. Por último, una cuchillada, en lado derecho del mentón. Esta lesión, provoco  su deceso . Lorena Piedras, quedo boca abajo , tirada en el cocina. Murió desangrándose.

«Mi mama está muerta. La mato mi padrastro»

En el marco de esa violenta escena, una de las hijas de la víctima-una adolescente de 15 años- intento defender a su madre,  del brutal ataque que estaba sufriendo .

 Según los investigadores,  Alcalá,  también quiso matar a la joven. Para ello,  la apuñalo con el cuchillo, en la zona izquierda del  omóplato. En tanto, con un palo de escoba,  la golpeaba en la cabeza.

La hija de la mujer asesinada, logro escapar en dirección a la calle. Allí,  pudo dar aviso de la situación,   a una vecina. Le manifestó «mi padrastro mato a mi mama, me apuñalo y me pego con un palo en la cabeza. Mi mama está muerta».

Este desgarrador relato, es el que también sostuvo ante los empleados policiales, que pasaban por el lugar a bordo de un patrullero.

Violencia de genero

Con respecto al contexto de violencia de género, la fiscal, explico que al provocarle la muerte a su pareja, Alcalá,  desplegó su violencia y superioridad para con ella. Asimismo,  agrego que el homicidio se produjo,   en un contexto de violencia de género de larga data.

Para los acusadores, Samuel Alcalá,  tuvo la intensión y voluntad de hacerlo. Doblegando y sometiendo a la víctima, por su condición de mujer. De esta manera, el sospechoso, demostraba  su dominación.

En esta misma línea argumentativa,  indico que con la adolescente, existía una situación de subordinación y sometimiento hacia su padrastro Se basaba en una relación desigual de poder, mucho más acentuada por su edad.

Así las cosas, la secuencia descripta,  ocurre en el marco de una situación de violencia de género, en la modalidad de la violencia doméstica. El detenido,  se valió de su superioridad física y el arma que detentaba. Con ello, logro darle muerte a Lorena Piedras. No alcanzo el mismo objetivo con  hija de su pareja, porque la adolescente pudo escaparse del lugar.

Prisión preventiva y pedido de libertad

Luego, Vázquez solicito a Novarino, que declare legal la detención del imputado. También peticiono: un plazo de seis meses de investigación, un anticipo jurisdiccional de prueba mediante la extracción de sangre del detenido, el traslado al cuerpo medico forense de Comodoro Rivadavia, a los fines de ser revisado por los facultativos y la presentación del procesado en el gabinete del área de criminalística para a la aplicación del protocolo único de identificación de personas.

Con respecto a la medida de coerción, considero que se fundamentaba el pedido de prisión preventiva, basado en la gravedad del hecho, la pena en expectativa y la falta de arraigo del imputado en la localidad.

A todo esto, agrego que el daño causado por Alcalá, es irresarcible, La muerte de Lorena Piedras, dejo a tres hijos sin su madre.

La víctima era madre de un joven de 20 años, adolescente de 15 años-lesionada y en estado de shock- y una niña de cinco. Esta última, se encontraba durmiendo cuando ocurrió el crimen. Se sospecha que el mismo imputado, la cargo en brazos y la dejo al cuidado de sus vecinos del departamento n°1 .

A su turno, Oyarzun, no formulo oposición al pedido de legalidad de la detención,  la pieza de apertura, la calificación jurídica provisoria escogida, el plazo de investigación y medidas de anticipo jurisdiccional de prueba y aplicación de protocolos.

En tanto, se manifestó en contra de la aplicación de la prisión preventiva para su defendido. A su criterio, la representante del Ministerio Publico Fiscal, no había fundamentado de manera adecuado los requisitos exigidos para la aplicación de la medida de coerción. En consecuencia, pidió al magistrado, la inmediata libertad de Samuel Alcalá.

En caso de que el juez de la audiencia,  resolviera hacer lugar al pedido de la fiscalía, requirió que la prisión preventiva, se aplique por el termino de  cuatro meses.

Luego de un cuarto intermedio, Novarino, resolvió tener por formalizada la investigación preparatoria de juicio contra Samuel Alcalá, en orden a los hechos descriptos y la calificación legal escogida por el Ministerio Publico Fiscal. También hizo lugar a la aplicación de la prisión preventiva por el mismo tiempo del plazo de investigación.

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