La Ley 27610 que garantiza en toda la Republica Argentina el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, está en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial el 15 de enero del corriente año.
De la cuenta oficial de la Defensa de las y los consumidores de la República Argentina publicaron unos flyers para repasar el derecho a acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y las vías para canalizar un reclamo.
Dicha Ley asegura que » toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento y en las condiciones que se establecen en la presente ley y en las leyes 26.485, 26.529 y concordantes».
Además en relación a las cobertura y calidad de las prestaciones manifiesta que, «todos aquellos agentes y organizaciones que brinden servicios médico-asistenciales a las personas afiliadas o beneficiarias, independientemente de la figura jurídica que posean, deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo prevista en la presente ley en todas las formas que la Organización Mundial de la Salud recomienda».
Entre otros puntos relevantes como la educación sexual integral y salud sexual y reproductiva, la objeción de conciencia, acceso a la información, autonomía de la voluntad.
En todo este marco la Defensa de las y los consumidores publicó, «Si una obra social, prepaga o farmacia no cumple con el proceso, podés iniciar un reclamo…http://bit.ly/reclamosIVE. El acceso al aborto legal, seguro y gratuito es un derecho de todxs».