Tras el vencimiento de la cuota correspondiente a marzo el pasado viernes 20, (ARCA) recordó la importancia de mantener las obligaciones al día para evitar recargos
Tras el vencimiento de la cuota correspondiente a marzo el pasado viernes 20, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —organismo que reemplazó a la antigua AFIP— recordó la importancia de mantener las obligaciones al día para evitar recargos. Las sanciones por morosidad se aplican de forma automática y pueden complicar la situación fiscal del contribuyente a largo plazo.
Las consecuencias de no pagar a término
El incumplimiento en el pago del Monotributo genera intereses resarcitorios desde el primer día de atraso. Según advierte el ente recaudador, «cualquier demora hace que mayor sea el saldo acumulado y esto puede volverse una carga muy pesada para el contribuyente con el correr del tiempo», especialmente si se arrastran deudas previas.
Además del costo financiero, la deuda registrada en el sistema de ARCA puede acarrear «complicaciones administrativas como dificultades en futuros trámites o el acceso a beneficios del régimen». Es fundamental recordar que ARCA gestiona tanto la DGI como la DGA, monitoreando ingresos, IVA, Ganancias y movimientos en billeteras virtuales.
Escalas y valores de las cuotas: Marzo 202
Tras la actualización del 14,29% basada en el IPC del segundo semestre de 2025, estos son los montos exactos a abonar según cada categoría:
Categoría A: $42.386,74 (Servicios y Venta de bienes).
Categoría B: $48.250,78 (Servicios y bienes).
Categoría C: $56.501,85 (Servicios) / $55.227,06 (Bienes).
Categoría D: $72.414,10 (Servicios) / $70.661,26 (Bienes).
Categoría E: $102.537,97 (Servicios) / $92.658,35 (Bienes).
Categoría F: $129.045,32 (Servicios) / $111.198,27 (Bienes).
Categoría G: $197.108,23 (Servicios) / $135.918,34 (Bienes).
Categoría H: $447.346,93 (Servicios) / $272.063,40 (Bienes).
Categoría I: $824.802,26 (Servicios) / $406.512,05 (Bienes).
Categoría J: $999.007,65 (Servicios) / $497.059,41 (Bienes).
Categoría K: $1.381.687,90 (Servicios) / $600.879,51 (Bienes).
Topes de facturación anual
Para permanecer dentro del régimen simplificado y evitar el pase al Régimen General (Autónomos), los contribuyentes deben respetar los siguientes límites de ingresos brutos:
Categoría A: Hasta $10.277.988,13.
Categoría B: Hasta $15.058.447,71.
Categoría C: Hasta $21.113.696,52.
Categoría D: Hasta $26.212.853,42.
Categoría E: Hasta $30.833.964,37.
Categoría F: Hasta $38.642.048,36.
Categoría G: Hasta $46.211.109,37.
Categoría H: Hasta $70.113.407,33.
Categoría I: Hasta $78.479.211,62.
Categoría J: Hasta $89.872.640,30.
Categoría K: Hasta $108.357.084,05.
Cualquier gestión de deuda o consulta de saldos puede realizarse a través del portal oficial de ARCA o su aplicación móvil, herramientas diseñadas para facilitar el control de las obligaciones fiscales en todo el país.




