Reforma laboral: el Gobierno nacional posterga la reglamentación de los fondos para indemnizaciones.
El Ministerio de Economía de la Nación resolvió demorar la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral, el instrumento colectivo diseñado para financiar los despidos que debía entrar en vigencia a partir del próximo mes de junio. La decisión de la conducción económica responde a la necesidad imperiosa de no resignar ingresos fiscales y blindar el superávit de las cuentas públicas pactado con los organismos internacionales de crédito.
La postergación del esquema previsional e indemnizatorio se apoya en una de las cláusulas de excepción contenidas en el texto de la reforma laboral aprobada a fines de febrero. Si bien las planillas originales y los reportes de metas del Fondo Monetario Internacional estipulaban el inicio de las operaciones para el mes entrante, la normativa contemplaba la posibilidad legal de aplicar una prórroga de seis meses, ventaja técnica que el Palacio de Hacienda decidió utilizar para postergar el impacto en la recaudación.
Fuentes oficiales confirmaron que la publicación del marco regulatorio general fue desplazada para el segundo semestre del año en curso. Debido a esta reprogramación de los expedientes administrativos, el nuevo sistema de coberturas recién comenzaría a funcionar de manera efectiva hacia finales del actual período anual o en el transcurso de los primeros meses del año entrante, extendiendo los plazos de adaptación de las gerencias de recursos humanos corporativas.
El costo fiscal de las contribuciones patronales y la meta del FMI
El motivo central que obligó a las autoridades nacionales a dilatar la implementación del Fondo de Asistencia Laboral radica en el fuerte impacto negativo inmediato que la medida provocaría sobre las arcas del Tesoro de la Nación. De acuerdo con los estudios técnicos elaborados por consultoras privadas y las estimaciones del Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana (Ieral), la conformación de esta estructura tiene un costo fiscal directo calculado entre los 0,4 y los 0,5 puntos del Producto Bruto Interno (PBI).
El desvío de recursos se produce debido a las siguientes variables macroeconómicas:
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Desfinanciamiento previsional: El nuevo instrumento se nutre de forma directa a partir de un porcentaje de las contribuciones patronales ordinarias, lo que significa que el Estado nacional dejaría de percibir de manera inmediata un flujo de fondos crítico en un contexto donde la recaudación general sufre caídas en términos reales.
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Condicionalidad de empleo: Si bien el oficialismo argumenta que la pérdida de recursos estatales podría verse mitigada a mediano plazo mediante una eventual ampliación del padrón de trabajadores registrados, los analistas advierten que la generación de puestos de trabajo formales adicionales no está garantizada en el corto plazo.
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Articulación institucional: El despliegue de las nuevas normativas exigirá, una vez dictado el decreto de Economía, la redacción de resoluciones específicas por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Ministerio de Capital Humano para coordinar los traspasos de fondos de las empresas.
Expectativa en el mercado financiero por el regreso de inversores institucionales
En la vereda opuesta a las preocupaciones fiscales del Gobierno, las casas de Bolsa, bancos de inversión y las sociedades gerentes de fondos comunes esperan con marcado optimismo la resolución de la medida laboral. Las proyecciones de los operadores bursátiles estiman que el nuevo instrumento inyectará al mercado de capitales local una cifra superior a los 1000 millones de dólares anuales, dinamizando el financiamiento corporativo interno.
Las mesas de operaciones del microcentro consideran que este flujo mensual y obligatorio representará el retorno formal de los grandes inversores institucionales a la plaza local, una figura que había quedado desmantelada tras la estatización de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) en el año dos mil ocho. Por su naturaleza de colocación a largo plazo, este tipo de actores institucionales resulta indispensable para otorgar previsibilidad y fondear proyectos de infraestructura y desarrollo productivo de largo aliento.
La principal incógnita que mantiene en vilo a los ejecutivos de las agencias de liquidación y compensación radica en el menú de activos financieros autorizados en el que se podrán colocar las carteras del fondo. En el sector descuentan que la Comisión Nacional de Valores emitirá regulaciones complementarias que obligarán a direccionar una porción mayoritaria de los pesos hacia los bonos del Tesoro Nacional para asegurar el financiamiento de las licitaciones públicas de deuda, conviviendo con cupos destinados a obligaciones negociables de empresas privadas y un porcentaje de libre disponibilidad para optimizar las tasas de rentabilidad.
