Caso Ángel López: la Fiscalía apeló para ampliar el alcance de la pericia de la Corte Suprema.
La investigación judicial por la muerte del menor Ángel López en Comodoro Rivadavia sumó un nuevo e intenso capítulo de discusión técnico-legal. El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de aclaratoria y revocatoria contra la resolución del tribunal revisor que ordenó la intervención del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bajo el argumento de que la medida limita de forma infundada el análisis científico que deberán realizar los especialistas nacionales.
El planteo del Ministerio Público Fiscal
La presentación, que lleva la firma de los fiscales Facundo Oribones y Diana Guzmán, no objeta la participación del máximo organismo forense del país, una medida que había sido solicitada originalmente por las defensas. Por el contrario, la presentación formal busca que la labor de los peritos de la Corte no quede encasillada de forma exclusiva en los dos únicos interrogantes fijados por el tribunal, exigiendo que se garantice el derecho de las partes acusadoras y defensas a proponer otros puntos de pericia complementarios que consideren clave para el total esclarecimiento del deceso.
La controversia troncal del expediente se originó por las marcadas divergencias entre las conclusiones del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) de la provincia del Chubut y el dictamen médico legal del perito de parte de la defensa, Federico Segura. Para zanjar esta grieta técnica, el tribunal integrado por los jueces penales Raquel Tassello y Martín Cosmaro dispuso el peritaje nacional, pero delimitando estrictamente el campo de estudio de los profesionales de Buenos Aires.
Los dos puntos de la discordia
El cuestionamiento medular de la Fiscalía radica en que la resolución judicial cercenó la capacidad analítica de la junta médica de la Corte Suprema a responder únicamente dos ítems:
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Idoneidad de los traumatismos: Determinar si las lesiones detectadas en la parte interna del cuero cabelludo de Ángel López poseían la entidad y gravedad clínica suficiente para causarle la muerte.
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Ventana horaria: Evaluar si técnicamente corresponde convalidar el límite cronológico inferior a 12 horas asignado por el estudio histopatológico para las referidas lesiones.
Para los fiscales Oribones y Guzmán, esta delimitación resulta fragmentaria, incompleta y carece de fundamentos científicos o jurídicos explícitos.
“La decisión adoptada, entiende este Ministerio, impide conocer con precisión el alcance de lo resuelto, al limitar la labor pericial a únicamente dos puntos de pericia, sin brindar los fundamentos que justifican dicha restricción. No se advierte cuál sería la razón jurídica o técnica (…) vedando a las partes de proponer cualquier otro punto de pericia que estimen adecuado”, sostiene el texto del recurso presentado por los investigadores.
Las implicancias del nuevo recurso judicial
En términos estrictamente procesales, el planteo de la Fiscalía persigue un doble efecto. En primera instancia, obliga al tribunal revisor a explicar de manera pormenorizada cuáles fueron los criterios científicos para recortar el cuestionario médico forense. Si se constata que dicha limitación fue arbitraria o deliberada, la acusación solicita la revocación parcial del fallo para habilitar una intervención integral de la Corte.
El desenlace de este recurso definirá el valor de una de las pruebas de mayor peso en la causa por violencia infantil. Si los jueces hacen lugar al planteo fiscal, el Cuerpo Médico Forense de la Nación podrá realizar una auditoría médica profunda de la autopsia, las historias clínicas y los estudios histopatológicos complementarios con total libertad de criterio.
En caso contrario, si el tribunal rechaza la revocatoria, la pericia quedará encapsulada únicamente en los dos interrogantes vigentes, impidiendo que el debate incorpore otras variables biológicas o clínicas asociadas al cuadro de maltrato sistemático y desatención que provocó el trágico desenlace del menor.
