El pasado 11 de Abril, con el numero 7883/18 fue promulgada la Ordenanza impulsada por el presidente de la bancada del Frente para la Victoria, concejal Federico González por la cual se identifican pasivos ambientales en el ejido de la capital de la provincia de Chubut, estableciendo la obligatoriedad de remediar los mismos, fija sanciones para los responsables de dicho deterioro y además crea un registro de pasivos ambientales, que fue aprobada el pasado 21 de Marzo.
La norma se funda en que el suelo es un recurso natural esencial del ambiente, es soporte de nuestras actividades económicas, productivas y sociales, y es especialmente frágil como así también vulnerable. Por lo tanto, toda alteración negativa que le impacte por su inadecuada utilización o por la disposición de residuos, productos o subproductos de la actividad humana, causará serios efectos tanto a la salud del hombre como a la calidad del ambiente.
En este sentido, la afectación proveniente de actividades o acciones de origen humano derivan, asimismo, en graves perjuicios ecológicos como también jurídicos.
La Constitución Nacional en su artículo 41º establece, entre otras consideraciones, que “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”.
En tal sentido, dando cuenta de la importancia de esta problemática y la urgente necesidad de instalar el tema en las agendas de gobierno, a nivel nacional la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable incorporó en su organigrama de funcionamiento a la Dirección de Prevención y Recomposición Ambiental, que posee como dos de los ejes principales de trabajo la “Elaboración de
normas voluntarias para la prevención, contaminación y remediación de suelos y sitios contaminados, en el marco del Comité de Calidad Ambiental del Instituto Argentino de Normalización (IRAM)” y “Acciones orientadas a la Gestión Ambiental de Suelos Contaminados”.
Dichos lineamientos nacionales se ven abordados en materia parcial en el “Código Ambiental de la Provincia del Chubut” Ley XI- N°35 (ex Ley 5439) y sus decretos reglamentario, quedando de manifiesto la necesidad de avanzar en normas legales que establezcan procedimientos claros y precisos a fin de prevenir la contaminación de suelo y ocurrido el daño ambiental, proceder a remediar con las técnicas de tratamiento más adecuadas a los suelos contaminados que se encuentren en el ámbito del territorio de la ciudad de Rawson.