El diputado del PJ-FpV, Blas Meza Evans presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 66 de la Ley XII N° 9 para que las elecciones primarias sean abiertas, simultáneas y obligatorias. Todas las agrupaciones políticas procederán en forma obligatoria a seleccionar sus candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales, mediante elecciones primarias, en forma simultánea, en todo el territorio de la provincia, en un solo acto electivo, con voto secreto y obligatorio, aún en aquellos casos en el que se presentare una sola lista.
Además se sostiene que las primarias se realizarán el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las elecciones generales, siendo convocadas por el Poder Ejecutivo Provincial o Municipal en el ámbito de su competencia, con una antelación no menor a los noventa (90) días previos a su realización.
La convocatoria expresará: Día de elección; Padrón Electoral aplicable; Clase y número de cargos a elegir; Indicación de la legislación electoral aplicable y Día de la elección general, el que no podrá superar el plazo de 80 días posteriores a las elecciones primarias.
En los fundamentos, el diputado recuerda que la Legislatura dictó la Ley Orgánica de Partidos Políticos, luego modificada parcialmente por la Ley XII N° 12 de Igualdad Política de Género que introdujo un método democrático de selección de candidatos a cargos electivos mediante el sistema de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias pero no se
estableció una fecha para la realización de dichas elecciones.
Indicó que Chubut no cuenta aún con un Código Electoral ni con los medios apropiados para confeccionar su propio padrón electoral, “por lo tanto se debe tener presente que el cronograma electoral nacional tiene establecido que recién el 25 de mayo de 2019 vence el plazo para que los electores hagan sus reclamos para su inclusión en los padrones definitivos. En virtud de ello se propone modificar la Ley Orgánica de Partidos Políticos estableciendo que las elecciones primarias se realicen el segundo domingo del mes de agosto, tal como lo tiene previsto la normativa dictada por el Congreso de la Nación”.
Evitar la discrecionalidad
Además expresó que establecer un sistema de fecha definitiva para los procesos electorales evita la discrecionalidad de quienes gobiernan que puede provocar que la determinación de las fechas de elecciones se convierta en un instrumento de poder utilizable en beneficio propio, “de esta forma eliminar la discrecionalidad le daría previsibilidad al acto electoral, certeza a la sociedad y se colocaría a todas las fuerzas políticas en igualdad de condiciones. Agregó además que existen más de cinco partidos políticos en formación que no llegarían a ser reconocidos”.
Ahorro
Sostuvo que la Legislatura es el ámbito plural donde debe definirse la fecha de elecciones para descartar toda especulación política, “tampoco es menor el ahorro que significa la simultaneidad de elecciones en dinero y esfuerzo organizativo, especialmente para el Estado Provincial que debe hacerse cargo de todos los gastos, que por otra parte no se encuentran presupuestados”.