Las empresas de encuestas y sondeos de opinión que incumplan las disposiciones recibirán primero un llamado de atención, luego un apercibimiento; después una multa, y por último una suspensión o cancelación de la inscripción en el Registro.
Los medios de comunicación y los portales de internet tuvieron plazo hasta la medianoche de este sábado para difundir encuestas y sondeos de opinión o pronósticos sobre los resultados de las PASO del 11 de agosto, dado que a partir del primer minuto de este sábado comenzará a regir la veda para ello, de acuerdo a lo establecido por la ley electoral.
Según el artículo 44 de la ley 26.571, ocho días antes de cada elección y hasta tres horas después de su cierre, “ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros, podrá publicar” este tipo de relevamientos, así lo destacó la Agencia Telam.
“Los medios de comunicación que incumplan esta disposición podrán ser sancionados con multa del cero coma uno por ciento (0,1%) al diez por ciento (10%) de la facturación de publicidad obtenida en el mes anterior a la comisión del hecho”, señala la norma.