Chubut intima a jubilarse
Con el decreto Nº 1965, el gobernador Nacho Torres ordenó a los sectores de Personal de los organismos de la administración central, entes autárquicos y descentralizados a que en 10 días hábiles confeccionen la nómina de los agentes en condiciones de jubilarse pero que no hayan iniciado el trámite ante el Instituto de Seguridad Social y Seguros, según publicó Jornada.
Deberán informar de manera fundada, en el mismo plazo, el personal que teniendo edad y aportes para jubilarse, es sin embargo indispensable para el correcto funcionamiento de la administración pública. Deberán notificarlo a la Dirección General de Administración de Personal.
Una vez elaborado el listado y excluidos los agentes indispensables, se intimará y notificará a cada agente a que inicie el trámite de jubilación o, en su defecto, explique en no más de 10 días hábiles si existe algún impedimento legal para su retiro, bajo apercibimiento de darlo de baja.
El agente deberá iniciar los trámites ante el ISSyS dentro de los 10 días hábiles de ser notificado. Además informará el número de expediente del ISSyS que tramita el beneficio, para agregar a su legajo.
Si el agente se niega o incumple el plazo para iniciar el trámite jubilatorio, será cesanteado pero conservará el derecho jubilatorio, dando inicio al trámite de oficio.