Foto de hoy de Das Neves junto a «Cacha» Rua de la agrupación de Mario Mansilla
Se cayó la adhesión del ChuSoTo al FpV
Así surge del análisis de la reglamentación de las PASO en la provincia del Chubut donde se establecen las condiciones básicas para presentarse a la elección, conformar las alianzas y el sistema de financiamiento para los partidos políticos.
A partir del Artículo 5, se comienza a delinear lo estrictamente político, definiendo cómo se realizarán las alianzas, aquellas adhesiones de fuerzas políticas que están prohibidas y cómo se podrán hacer los armados internos en casa de una misma agrupación que tenga diferentes líneas en competencia.
El artículo 5° reza que en las Elecciones Primarias (PASO), las alianzas deberán establecerse para todas las categorías en que las agrupaciones políticas participen y que los partidos políticos no podrán presentarse con listas diferentes a las de la alianza que integran, no admitiéndose la coexistencia de listas.
Por su parte, el punto número 6, detalla: “Prohíbese el pacto de adhesión de boletas entre diferentes agrupaciones políticas”.
Más adelante (artículo 7) se prevé que “las distintas listas internas de las agrupaciones políticas podrán pactar la adhesión de boletas de distintas categorías, debiendo observarse el siguiente orden de prelación: Gobernador y Vice, Diputados Provinciales, Consejo de la Magistratura, Intendente, Concejales, Tribunal de Cuentas”.
Se agrega la respecto que “dentro de una misma agrupación política, una lista de candidatos de una categoría puede tener adherida una o más listas de candidatos de categorías posteriores. Asimismo, ninguna lista de candidatos puede tener adherida más de una lista de candidatos de prelación anterior. Cuando se realicen elecciones primarias simultáneas con las elecciones primarias nacionales, en las categorías de Presidente y Vicepresidente de la Nación, Parlamentarios de Mercosur, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, las boletas de categorías provinciales de cada lista interna sólo podrá ir adherida a la o las boletas de las líneas internas de cada categoría de cargos nacionales, siempre dentro de la misma agrupación de la que forma parte”.
También están las disposiciones para cuando se llegue a las Generales de octubre. Haciendo un salto hasta el Artículo 9, se afirma: “Para las elecciones generales, las agrupaciones políticas podrán realizar acuerdos de adhesión de boletas de diferentes categorías con otras agrupaciones políticas no integrantes de la alianza, siempre que las listas a adherir resulten ganadoras en sus respectivas elecciones primarias”.
El Comodorense y propias.