Fondo Editorial Permanente Convocatoria 2017
El Poder Legislativo de la Provincia del Chubut convoca a la presentación de obras inéditas sobre diversos aspectos de la realidad chubutense para su evaluación y distinción en el marco del Fondo Editorial Permanente de este Poder del Estado Provincial, Ley I N° 329.
La Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación, que preside la diputada Zulema Andén (Bloque ChST), dio a conocer los objetivos y requisitos para la participación en esta Convocatoria 2017 del referido Fondo Editorial Permanente de la Legislatura Provincial.
El Artículo 6º de la Ley Provincial I Nº 329 establece que la evaluación de las obras presentadas y cantidad de ejemplares a editarse en cada impresión serán determinados por la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación en forma conjunta con la Secretaría de Cultura.
En tal sentido, para la confección de la presente convocatoria se toma como base lo establecido en el Anexo I de la Resolución 298 de la Secretaría de Cultura de la Provincia del Chubut, realizando las adecuaciones y modificaciones que el cuerpo de Diputados de la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación consideró pertinentes.
Objetivos del FEP
El FONDO EDITORIAL PERMANENTE DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT reconoce como objetivo primordial, el acceso de autores cuyas obras merezcan la publicación, dando preferencia a los trabajos que aborden diferentes aspectos de la realidad de la Provincia del Chubut, en especial los libros sobre historia y política, divulgación de las ciencias, y las obras literarias de autores chubutenses nacidos o radicados en la Provincia con un mínimo de diez años”. (Artículo 2°, Ley Provincial I Nº 329).
Bases y Condiciones de la Convocatoria 2017
Sólo se admitirá la presentación de una obra, de la misma autoría, en cada género convocado. Las obras serán firmadas con SEUDÓNIMO.
Las obras deberán remitirse en un sobre donde constará el SEUDÓNIMO, título, categoría, género y lugar de residencia.
Dentro de dicho sobre, deberá colocarse un SEGUNDO SOBRE debidamente cerrado, que contendrá: la planilla de inscripción, fotocopia de la 1° y 2° hoja del D.N.I., certificado de residencia y comprobante de derecho de autor expedido por la Dirección Nacional del Derecho de Autor dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Presidencia de la Nación o constancia de inicio de trámite.
En el último supuesto, el comprobante de registro deberá presentarse ante la Secretaría de Cultura de la Provincia, antes de la apertura del sobre que contiene la restante documental solicitada.
La Planilla de Inscripción podrá retirarse en la mesa de entradas de la Honorable Legislatura del Chubut, sita en la calle Mitre Nº 550 de la ciudad de Rawson – Chubut, o ser descargada de la página oficial www.legischubut2.gov.ar.
Las obras presentadas deberán enviarse impresas por triplicado, escritas en una sola cara del papel tamaño A4, en fuente Arial, cuerpo 12, interlineado 1,5. En el caso de las obras objeto de la presente convocatoria, sean estas HISTORIA Y POLÍTICA, DIVULGACIÓN DE LAS CIENCIAS Y/O de CARÁCTER LITERARIO, la extensión de los trabajos podrá ser, como máximo, de 300 páginas, las cuales deberán estar debidamente numeradas.
Además, se deberá presentar un CD que contenga la obra y el seudónimo del participante en su exterior.
El trabajo presentado sólo será devuelto en el caso en que su autor lo retire personalmente en la Honorable Legislatura del Chubut sita en calle Mitre Nº 550 de la ciudad de Rawson-Chubut.
Las obras deberán enviarse a la: Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación de la Honorable Legislatura del Chubut, sita en la calle Mitre Nº 550 de la ciudad de Rawson (CPA: U9103AMD) Provincia del Chubut.
La Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación entregará y/o remitirá (vía correo postal) un comprobante de recepción.
Normas para la presentación de trabajos
Las notas deberán figurar a pie de página en Times New Roman tamaño 9, interlineado sencillo. En caso de citas textuales editadas por los propios autores se utilizarán corchetes para indicar lo recortado. Las citas textuales deben ir entre comillas en el cuerpo del texto cuando no superen las tres líneas, caso contrario irán en fuente 11 con un margen superior al del texto.
Las notas a pie de página deberán enumerarse.
En toda indicación bibliográfica deberá respetarse el siguiente sistema de citas: Apellido y nombre completo del autor: título. Lugar, editorial, año; número de página.
La bibliografía se ubicará al final del trabajo, incluyendo solamente la utilizada para su elaboración, siguiendo las mismas normas que las citas y en orden alfabético.
Categorías
La propuesta está dirigida a las obras inéditas sobre los siguientes ejes y categorías propuestas que complementan la Convocatoria 2017 del Fondo Editorial Provincial establecido por la Ley Provincial I Nº 130.
EJE HISTÓRICO POLÍTICO:
Categorías propuestas (no excluyentes):
Constitución de la Provincia del Chubut comentada para niños y adolescentes.
Edificios públicos de ciudades del Chubut.
Casas y edificios de valor histórico municipal y provincial.
Comunas rurales de la Provincia del Chubut.
Geografía físico – política de Chubut.
Historia política de la Provincia del Chubut.
El Poder Legislativo de la Provincia del Chubut. Historia institucional
EJE PRODUCCIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA:
Categorías propuestas (no excluyentes):
Recursos marítimos de Chubut
Geografía económica de Chubut
Ganadería. Origen y evolución en Chubut.
“…Se considerará ‘inédita’ toda obra publicada total o parcialmente en revistas, periódicos, volúmenes colectivos, antologías, y se tendrá por ‘editada”’ toda obra publicada en volumen de autoría individual…” (Art.4°, Decreto 615/00)
Inscripción
La Inscripción para el presente llamado se extiende desde el lunes 25 de Septiembre hasta el martes 31 de Octubre 2017 inclusive.
Comité de Evaluación
La Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación tendrá a su cargo la conformación del Comité de Evaluación que estará así integrado: Un representante de la Comisión Permanente afín con el eje a evaluar; Un representante designado por la Biblioteca de la Honorable Legislatura del Chubut; Dos especialistas en el eje a evaluar, y Un representante designado por la Secretaría de Cultura de la Provincia del Chubut.
El Comité contará con un plazo de 20 días corridos, contado a partir de la recepción de las obras, para evaluarlas y emitir su dictamen fundado. El Comité de Selección podrá declarar desierto/s el/los género/s, cuando así lo considere.
Anuncio de Ganadores
Recibidos los dictámenes de los miembros del Comité de Evaluación, la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación, efectuará el control formal de la documental presentada, y teniendo en cuenta los fundamentos de los dictámenes en relación a las órdenes de mérito recomendadas, por cada género, procederá a evaluar en función de la pertinencia y mérito de las propuestas, para finalmente emitir el correspondiente Dictamen de Comisión, en el que se dispondrá la premiación de la o las obras seleccionadas.
El resultado de la convocatoria, será dado a conocer por medio de una Conferencia de prensa que se realizará a tales efectos. Además, será publicado en la página web oficial de la Honorable Legislatura del Chubut www.legischubut2.gov.ar.. A los participantes, se les cursará notificación fehaciente.
Premios
Para cada obra seleccionada se otorgará como premio, al autor o sus derechohabientes, un aporte económico con destino a la edición e impresión de la obra, el cual variará de acuerdo a la cantidad de obras que resultaren seleccionadas, pero en ningún caso será inferior a los 15 módulos. Una vez impresa la tirada de la edición de la obra cada autor, o sus derechohabientes, deberá rendir el aporte ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut. Cuando la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación lo considere oportuno y pertinente se propondrá a el/los autor/es o su/s o su/s derechohabiente/s la edición y distribución de las obras en formato digital, pudiendo incluir los equipos para su lectura.
Edición y Destino de Obras Seleccionadas
Las obras deberán ser impresas en papel ilustración con una gramaje no inferior a los 90 g. para las páginas interiores y 200 g. para la tapa y contratapa. En la primera hoja de cada libro deberán figurar las autoridades legislativas. En la tapa y lomo del libro deberá estar presente el logo de la Honorable Legislatura del Chubut con la leyenda: FONDO EDITORIAL PERMANENTE DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
LEY I N° 329 – CONVOCATORIA 2017
Cada autor, o sus derechohabientes, deberá realizar el trámite de ISBN ante la Cámara Argentina del Libro. Una vez impresa la tirada de edición entregará gratuitamente a la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación de un 15 % de los ejemplares de la obra impresa pudiendo disponer libremente el destino del resto de los ejemplares.
Al menos dos ejemplares de cada obra impresa serán destinados por la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación a la Biblioteca de la Honorable Legislatura, la cual queda constituida en depositaria de las obras.
IMPORTANTE: La participación en la presente Convocatoria implica el conocimiento de las bases y condiciones y su total aceptación. Su incumplimiento será causal de descalificación automática del trabajo presentado. Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria, será resuelta, de manera inapelable, por la Comisión Permanente de Legislación General, Cultura y Educación.-