La Asociación de Trabajadores de la Educación de Chubut (ATECh), el Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRAJUCh) y la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTAA), solicitaron ayer la intervención de la Defensoría del Pueblo de la provincia del Chubut para frenar los efectos del decreto 44/18, que impone el censo obligatorio del personal público de la provincia.
En una nota presentada ayer, a la defensora adjunta, Cristina Sotomayor, los referentes de los gremios, Daniel Murphy por la Regional Sur de ATECh, José Luis Ronconi por Judiciales y Carlos Magno por la CTAA, reiteraron su convencimiento de que el censo online fue resuelto e implementado de manera compulsiva.
Los sindicalistas recordaron que, en el momento en el que se decidió y se puso en marcha el censo, los empleados del Poder Judicial se encuentran en feria, que los docentes y empleados del Ministerio de Educación están con su licencia anual, por lo que, en tales circunstancias “resulta imposible la notificación fehaciente del decreto en cuestión, así como la posibilidad de accionar individualmente en caso de considerarlo pertinente, recurriendo en principio por orden jerárquico a los funcionarios que asumen la tutela administrativa directa”.
En función de ello, los gremios sostienen que el Poder Ejecutivo ha soslayado temerariamente las garantías que comprende la Ley de Procedimientos Administrativos y los Estatutos o Convenios Colectivos vigentes a la fecha, resultando el Decreto 44/18 violatorio de la norma”.
En el escrito, además, se advierte que el censo impulsa también la publicación de los datos solicitados, con lo que se entiende que va en contra de la ley de protección de los datos personales, sobre todo porque el formulario online no contiene la opción No acepto, en relación a la publicación de los datos
También se señala: no hay manera de corroborar quién es la persona que completa el censo en nombre de un/a determinado Agente empleado/a por el Estado, ya que se ingresa con un dato de acceso público como es CUIL del/a Agente que en la web del ANSeS se conoce con el DNI- y a partir de ese dato se genera una clave que sólo conocería quien la generó. Por ello podría darse el caso de suplantación de identidad que podría acarrear serios perjuicio al/a Agente en nombre de quien se completó el censo.
“NO ESTAN DADAS LAS GARANTIAS”
Por todas esas razones, los gremios afirman: “no están dadas las garantías, que deberán ser fundadas en normas especiales, comprobables en sus alcances y con asunción de responsabilidades de funcionarios administradores de la guarda y sensible administración de la información; así como resulta capcioso el ítem del formulario ya referido.”.
Luego de recordar que, además, el censo no permite la acreditación de los datos mediante comprobante oficial, se coincide en señalar que el mismo representa una falta grave por parte del Poder Ejecutivo, en virtud de leyes y garantías vigentes.
Finalmente, en función de que el decreto 44 establece, a modo de penalidad, que el personal que no realice el censo no percibirá el haber del mes de marzo, los gremios pidieron la intervención de la Defensoría “a fin de procurar la suspensión de la implementación del Decreto, mediante la figura que corresponda dictar a las instancias pertinentes del Estado provincial, y en procura de salvaguardar las garantías que protegen a los ciudadanos chubutenses, en su carácter de empleados del Estado provincial”.