Los Jueces de la cámara penal de Trelew, Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Florencio Minatta emitieron la resolución mediante la cuál confirman la sentencia número 1992/2017 de fecha 10 de agosto de 2017, donde la doctora Ivana González declarara a Rodrigo Damián Ramón y Leandro Ezequiel Ramón autores materiales y penalmente responsables del delito de tenencia compartida de armas de guerra de uso civil condicional en carácter de coautor, artículos 189 bis y 45 del código penal, y le impusiera la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso al primero y dos años de prisión en suspenso al segundo, por el hecho ocurrido en Trelew el 6 de marzo de 2017.
El pronunciamiento de la cámara penal rechaza la impugnación interpuesta por el defensor Abdón Manyauix, que argumentó su presentación solicitando la nulidad del allanamiento realizado en la vivienda donde se secuestraron las armas y agraviándose también por el rechazo de la Jueza a una posible pericia de parte del licenciado Clavel.
Por otra parte, alude al posible falso testimonio de un deponente durante el juicio y reniega de la calificación jurídica a la cual se arribó.
Cada uno de estos puntos fueron evaluados y analizados exhaustivamente en un escrito de veinticinco carillas, donde tanto los magistrados Defranco y Barrios indican que asiste razón al criterio utilizado por la doctora Ivana González para determinar la sentencia mencionada, mientras el doctor Minatta votó en disidencia al hacer lugar parcialmente al recurso presentado por el imputado Rodrigo Ramón, confirmando la sentencia solo sobre el delito de abuso de armas en concurso real con tenencia de arma, este último en un solo hecho y revocando la sentencia respecto del hecho de tenencia de armas, dos hechos, por el que fuera condenado Leandro Ramón, absolviéndolo libremente de ambos.
Sin embargo, primó lo decidido por la mayoría del tribunal y en consecuencia se decidió rechazar la impugnación ordinaria deducida por el defensor de confianza de Leandro Ezequiel Ramón y Rodrigo Damián Ramón, confirmando lo dispuesto originalmente por la Jueza Ivana González.
Hecho
Dentro de la causa se distinguen dos hechos, el primero de ellos ocurrido el 5 de marzo de 2017 entre las 4 y 6,30 aproximadamente cuando los encartados concurrieron a un domicilio ubicado en Velero Mimosa al 1400 de Trelew, con armas de fuego y abordando un vehículo Bora color bordó, con dos personas mas, efectuando un disparo contra la ventana del inmueble, donde se encontraba una pareja, poniendo de esta forma en riesgo la integridad física. Sumado a ello y encontrándose estacionado en el patio de la misma casa el autor propiedad de la víctima, un Renault 19, dispararon en seis oportunidades contra el mismo. En el domicilio consignado se halló un impacto atribuible al paso de un proyectil de arma de fuego en la zona superior izquierda, cerca del vértice superior izquierdo de la ventana del living.
El segundo hecho da cuenta que el 6 de marzo de 2017, siendo cerca de las 8,20, en domicilio sito en Ceferino Namuncurá esquina Ramón y Cajal, habitado por Rodrigo y Leandro Ramón, durante un allanamiento se hallaron un arma de fuego calibre 9 milímetros cargada con trece municiones y ubicada debajo del colchón del dormitorio; un arma de fuego 380 marca Bersa, modelo tander 380, siendo este calibre coincidente con el utilizado en los disparos del hecho anterior, con un cargador del mismo calibre con seis cartuchos a bala en su interior; un fusil carabina a repetición 308 PLG Winchester.
En un cajón del placard de otro dormitorio, específicamente en la mesa de luz del aludido sector, se halló un equipo HT BAOFENG color negro, dos equipos de comunicación color azul Motorola, un chaleco de dirección de tránsito municipal oportunamente denunciado, un bolsín con cartuchos a bala calibre 762, y debajo de un sillón del living se halló un equipo HT con frecuencia policial, desde donde se podían escuchar todos los movimientos que realizan los funcionarios policiales de las distintas dependencias correspondientes a la jurisdicción Trelew con su debido cargador y se encontró también el automóvil Bora utilizado en oportunidad del ataque a la vivienda.
Procesados y condenados
Mas allá que durante el juicio oral y público realizado oportunamente estuvo al frente la fiscal general jefe Silvia Pereira, se destaca el trabajo efectuado durante el proceso de investigación por el funcionario de fiscalía Lucas Koltsch y el servicio prestado a tal efecto por los oficiales De Santis y Bustamante, integrantes de la dirección policial de investigaciones.
Esta labor tiene su importancia, ya que es la primera condena que logra sostenerse para con los Ramones, quienes se encuentran involucrados en innumerables causas desde el año 2013, por lo que la confirmación de la condena hacen que la situación de los imputados sea diferente cuando deban enfrentar las causas en las que se encuentran actualmente procesados, ahora con el registro de una pena como antecedente.