En horas de la mañana del presente martes se concretó en los tribunales penales ubicados en el barrio Roca la audiencia preliminar por el homicidio de Alan Nahuelmilla, acontecido entre el 14 y 15 de abril del año pasado. La investigación tiene como imputados a Ángel Eduardo, Sebastián, Kevin Edgardo y Marcelo Fabián Ibáñez. La fiscal presentó la acusación, solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva que vienen cumpliendo los 4 imputados y requirió se eleve la causa a juicio oral y público. Por su parte la defensa de los imputados cuestionó la calificación jurídica y la participación de sus asistidos en el hecho y requirió una medida sustitutiva a la prisión preventiva para ellos. Finalmente el juez penal resolvió elevar la causa a juicio, en tanto que mantuvo la prisión preventiva que vienen cumpliendo los 4 imputados por el término de tres meses.
Presidió la preliminar el juez penal Alejandro Soñis; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Camila Banfi, fiscal general y Belén De la Canal, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por mauro Fonteñez, abogado particular de los mismos.
El hecho imputado en la acusación acontece el pasado 14 de abril de 2018, a las 23.00 hs. aproximadamente, cuando la víctima Alan Nahuelmilla y un amigo B. G. circulaban por la calle Los Duraznos, en zona de quintas, y fueron emboscados por los cuatro imputados armados. Procedieron a maniataros y a atarlos con una soga y arrastrarlos con la camioneta trasladándolos hasta la vivienda de uno de ellos. Una vez en el lugar los sometieron a ambos a diversos tipos de castigos físicos golpeándolos con patadas y golpes en la cabeza con una pala, con la cacha de armas de fuego y le cortaron a uno de ellos las orejas con un alicate en reiteradas oportunidades. Los desnudaron y les tiraron agua fría, tiraban tiros al cielo y amenazaban con matarlos reclamándoles les dijeran donde estaba el televisor. Todo ello por un lapso de cuatro horas, mientras filmaban la agresión.
Ya en la madrugada del 15 de abril de 2018 los imputados se retiraron del lugar junto a una de las víctimas, Nahuelmilla, arrastrándolo hasta el domicilio de uno de sus tíos donde lo abandonaron. Al regresar al lugar los imputados que aún mantenían retenido a B. G. continuaron con los golpes hacia éste, hasta que aproximadamente a las 8.00 hs. lo liberaron previo amenazarlo que no denuncie lo sucedido. Así B. G. huyó hacia su domicilio para luego ser trasladado al Hospital Regional. Por su parte los familiares de Nahuelmilla lo trasladaron hacia el Hospital donde luego de unas horas fallece por “traumatismo grave de cráneo por hemorragia intra-cerebral a causa de los golpes recibidos”.
La fiscalía imputó en la acusación a los cuatro hermanos Ibáñez, Ángel Eduardo, Sebastián, Kevin Edgardo y Marcelo Fabián, como coautores del delito de “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida contra un menor, agravada por el número de autores y seguido de muerte dolosa, y lesiones leves respecto de B. G. en concurso ideal”. Entendiendo que el tribunal competente para el caso es un tribunal colegiado ya que la pretensión punitiva es de prisión perpetua. Banfi también hizo referencia a la prueba documental y testimonial ofrecida para el debate.
El defensor por su parte argumentó que “al día de la fecha no se pudo determinar cuál fue la participación que tuvo cada uno de sus asistidos. La víctima sobreviviente ha sido contradictorio en sus declaraciones”, aseguró el defensor. Cuestionando la participación y la calificación jurídica del hecho ya que a su entender “no se observa un respeto del principio de legalidad”.
El juez sostuvo que “las críticas del defensor no logran conmover la fuerte evidencia que ha presentado la fiscalía a lo largo de la investigación, con prueba testimonial, pericial y documental que darían cuenta de la participación de todos los imputados en el hecho”. Todos los cuestionamientos del defensor no son pasibles de revisión en esta instancia del proceso, ya que la verdadera prueba aún no se ha producido, sino que se producirá en la instancia de juicio oral. La evidencia contundente presentada por la fiscalía hacen suponer con probabilidad la autoría de los 4 imputados en el hecho, argumentó. Por ello debe autorizarse la apertura de juicio oral y público de la causa.
La fiscal solicitó el mantenimiento de la medida de coerción que vienen cumpliendo los 4 imputados por tres meses, en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho. Por la pena en espera y las características graves del mismo, se presume el peligro de fuga.
El defensor aseguró que a esta altura del proceso no se tiene la certeza que el pedido de la fiscalía requiere, el beneficio de la duda debe prevalecer. Solicitando la sustitución de la medida de coerción.
Finalmente el juez penal resolvió dictar el mantenimiento de la prisión preventiva de los imputados por el término de 3 meses por la gravedad del hecho, ya que resulta proporcional en el tiempo y para proteger el proceso. Solicitando que a la menor brevedad posible se fije audiencia de debate en el caso.