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Martín Alejandro “Tino” John, murió a raíz de un disparo en la cabeza, mientras estaba en su vivienda, el 27 de mayo de 2021. Ocurrió durante un operativo del GEOP. El autor del disparo fue investigado por la Fiscalía y en base a lo elementos recabados, el fiscal del caso pidió su sobreseimiento, aunque continúa vinculado al proceso en la investigación autónoma de la querella.

Por disposición del Procurador General, Jorge Luis Miquelarena, se designó a un fiscal de Esquel para que investigue la conducta del entonces Jefe de la Comisaría de El Hoyo y del Jefe del Grupo Especial de Operaciones de la Policía del Chubut.

En ese marco, Martin Robertson solicitó la apertura formal de la investigación. El lunes se realizó la audiencia que pudo concretarse solo respecto de uno de ellos. El segundo asistió de manera remota y por problemas de conexión debió reprogramarse, informó el Ministerio Público Fiscal.

Revisión de la causa

Omar Eduardo Martínez, a cargo entonces de la Comisaría de El Hoyo y Cristian Alejandro Soto, Jefe del GEOP, habían quedado fuera de la investigación principal iniciada en la Fiscalía de Lago Puelo.

Su responsabilidad había sido desestimada. Sin embargo, esa desestimación fue a revisión de la juez Silvana Vélez y la magistrada hizo lugar a la revisión requerida por las querellas y remitió las actuaciones al Procurador General de la Provincia para que decida al respecto.

Miquelarena, a través de la Resolución 017/24 PG, revocó la desestimación para que se investigue si los dos funcionarios policiales incurrieron en alguna conducta delictiva.

“Siendo que el Dr. Díaz Mayer es el único fiscal de la Comarca Andina, la investigación a tales fines será continuada por el equipo de funcionarios de la Comarca bajo la dirección de un Fiscal de Esquel que designará la Sra. Fiscal Jefe Dra. María Bottini”.

La designación recayó en el fiscal Martin Robertson.

El hecho

El 27 de mayo de 2021, el juez penal autorizó el allanamiento de la vivienda del Sr. John, avalando un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para su ejecución. La orden se ejecutó dos horas después, decidiéndose el ingreso a la vivienda donde se encontraba el Sr. John.

El escrito de Fiscalía indica que en el contexto reseñado por las partes, los funcionarios policiales a cargo del operativo tenían en el abanico de las posibilidades razonables, varias alternativas previas razonables, destinadas a evitar la pérdida del bien jurídico vida, que en definitiva se perdió.

Esa mañana, el Comisario Martínez conversó con el hijo del Sr. John. Este le dijo que intentarían convencer a la víctima para que deje de disparar a otras viviendas, a vecinos y a policías, y desarmarlo. Esta era una posibilidad clara y concreta que podría haberse intentado para dejar como último recurso la irrupción violenta con el riesgo de vida para la víctima, para los funcionarios policiales y para terceros. Tampoco se esperó la llegada del personal de Salud Mental, tal como exigía el pedido de allanamiento de la Fiscalía y autorizado por el juez. La resolución de Vélez indica que el personal de salud mental, conocedor de los padecimientos mentales, de sus características y de las formas de abordaje, pudo haber resultado una alternativa previa a la irrupción, en caso de fracasar el intento de los familiares.

También se indica que, de fracasar estas instancias, podría haberse optado por apostarse en las inmediaciones de la casa, sin irrumpir, logrando ventaja táctica ante un eventual intento de egreso de Jhon. Vélez indica que “si el Sr. John decidía salir de su inmueble (situación que sí podría implicar un riesgo para la vida de terceros) entonces los funcionarios policiales podrían haber advertido al Sr. John de desistir de su salida con advertencias claras y sonoras. Luego, acudir a un tiro de aviso y con posterioridad a disparos a zonas bajas del cuerpo. Todo esto hubiera evitado el tener que haber acudido a un disparo en zona letal”.

Estas alternativas, previas a la irrupción, se ven como razonables, proporcionadas y respetuosas de la progresividad de la utilización de la fuerza. La magistrada valoró como irrazonable y apresurada, contraria a los principios básicos de la actuación policial, normas nacionales y supranacionales, la decisión de irrumpir en la vivienda en ese contexto. “En este sentido, el haber estado en desventaja táctica al momento de disparar el Sargento Primero Moggiano, fue una situación provocada por la irrazonable decisión de irrumpir adentro del domicilio”, indicó.

Por esto es que se investiga la decisión tomada por los Comisarios Martínez y Soto (la investigación podrá delimitar si los dos o cuál de ellos fue el principal responsable de dicha decisión) contrarió normas jurídicas internacionales (con rango constitucional) nacionales y provinciales.

El jefe de la comisaría de El Hoyo estaba a cargo del allanamiento, era quien podía decidir cuándo y cómo llevarlo a cabo, conocía los padecimientos mentales de John, “y no evitó la irrupción del GEOP, sabiendo que no estaba presente el personal de salud mental por lo cual incumplió la orden judicial”.

En tanto que el jefe del GEOP, decidió la irrupción de este cuerpo de elite, sin esperar la orden, sino que cuando ingresó a la vivienda la pareja de John, decidió unilateralmente irrumpir. Entonces, la omisión por parte de Martínez de impedir la irrupción y la de Soto, de irrumpir sin que se le haya ordenado, serían las causantes de que se desencadene en el resultado muerte.

Las conductas fueron calificadas provisoriamente como constitutivas de homicidio culposo, incumplimiento de los deberes de funcionario público y desobediencia judicial.

Este mediodía en los Tribunales de Esquel, se realizará la audiencia de control de la detención de Daniel Napal y Carlos Painepil, principales sospechosos de la desaparición y muerte de José Crettón el 11 de agosto del año pasado en El Maitén.

El tío del joven, Lucas Crettón, estimó que la Fiscal del caso, Ruth Monge, presentará los elementos necesarios para que ambos sujetos sigan detenidos, Napal en la Comisaría Segunda de Esquel, y Painepil en la Comisaría de José de San Martín, ambos defendidos por el abogado Hugo Cancino.

Dijo que hoy vence el plazo de la investigación, por lo que esperan que se prorrogue la misma, al igual que las detenciones. Según su interpretación, el Juez -Martín O´Connor-, le dio a la Fiscal seis meses para reunir pruebas, pero se prevén seis meses más, y de ser necesario una prórroga de otros cuatro meses.

La Dra, Monge le adelantó a Sergio Crettón, padre de José, que faltan pruebas de ADN y otros elementos, y como novedad la funcionaria Fiscal le habría transmitido que Daniel Napal ya cambio 11 veces el chip dl celular, y los mensajes que envía, los haría en códigos.

Para Lucas Crettón, las comunicaciones del detenido en su gran mayoría, son con la madre, que -sugirió- “sabe todo y tal vez hasta dónde está José”. Acotó que debe estar autorizado por el Juez.

Más adelante el tío del chico de 18 años desaparecido contó que se enteró que Carlos Painepil no puede dormir en la celda de la comisaría de José de San Martín, tampoco estaría comiendo, y “todas las noches grita el nombre de José, quizás con cargo de conciencia y algo más”.

La familia tiene la expectativa de que algún día hable quien está sindicado como uno de los autores de la desaparición y muerte de José, y al respecto Lucas manifestó que en su momento tuvo la intención de ir a hablar con el individuo, lo que sería posible siempre que la persona acepte. Pero, teniendo en cuenta la situación de salud de Painepil, decidió por ahora no gestionar la entrevista, por inconveniente.

Remarcó que su hermano Sergio, padre del joven José, semanas atrás experesó que aguardan el juicio a la brevedad, y en otro orden Lucas Crettón consideró que Carlos Painepil podría tener el beneficio de un juicio abreviado, pero si hablara como tuvo la intención el año pasado, y la defensora pública de la Comarca Andina que lo patrocinaba no se lo permitió.

Estimó que si contara lo que sabe del caso, en un juicio abreviado se le podría reducir la pena, que como está el tema, sería perpetua, y afirmó que la familia estaría dispuesta a ceder esa posibilidad a Painepil.

La penúltima jornada de testimonios prevista para el juicio a los ocho acusados del crimen de Fernando Báez Sosa en la madrugada del 18 de enero de 2020 se centrará este martes en las declaraciones de padres y madres de cinco de ellos, a las que se sumarán además las de tres peritos de la defensa y un efectivo policial. 
Fuentes judiciales indicaron a Télam que serán ocho los testigos que se presentarán desde las 9 por el crimen de Fernando ante el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Dolores, luego de que otros que estaban pautados para la misma fecha fueran desistidos.Luego de las declaraciones brindadas este lunes por las madres de Máximo Thomsen (23) y de Blas Cinalli (21), para la duodécima jornada está previsto que lo hagan las de Enzo Comelli (22), María Alejandra Guillén, y de Ayrton Viollaz (23), Erika Pizzatti, y las del padre de Matías Benicelli (23), Héctor Eduardo Benicelli, y el de Luciano (21) y Ciro Pertossi (22), Mauro Pertossi.

Estos testimonios estaban pautados inicialmente para el próximo miércoles pero fueron adelantados por pedido de la defensa y, en ese cambio, fue desistido el de Ana María Tártara, madre de Lucas Pertossi (23), que sería así el único imputado del que no declarará ningún familiar directo.

También está citado Andrés Santiago Martín, oficial subayudante que intervino en la desgrabación de un audio del efectivo Maximiliano Rosso Suárez, quien asistió a la víctima tras el ataque frente al boliche “Le Brique”.

Declararán además Pablo Alberto Rodríguez Romeo, perito informático que realizó informes técnicos sobre evidencia digital, y María del Carmen Badaloni, jefa de la sección psicología de la Asesoría Pericial La Plata.

El último testigo previsto para mañana es Agustín Costa Shaw, psicólogo clínico que intervino en la investigación penal suplementaria, y que fue ofrecido en marzo de 2022 por la defensa, a cargo de Hugo Tomei, como testigo de parte en una pericia psicológica y psiquiátrica a la que finalmente los imputados no aceptaron someterse por falta de “confianza” en el proceso judicial.

Aquella negativa de los acusados a ese peritaje diez meses atrás desató este lunes un contrapunto entre Tomei y el particular damnificado, que puso en duda el valor del testimonio de Shaw.

La discrepancia respecto de la declaración o no de este testigo será resuelta mañana por los miembros del tribunal, indicaron fuentes cercanas a la causa.

Está previsto que los padres de Fernando presencien las declaraciones en la sala de audiencias del primer piso de los tribunales, como ocurrió durante las jornadas anteriores.

Los ocho imputados -Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano, Ciro (22) y Lucas Pertossi (23)- también estarán presentes, al igual que desde la apertura del debate oral.

El juicio por el supuesto direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015 a favor de empresas de Lázaro Báez, mejor conocido como la “Causa Vialidad”, llegará este martes 5 de Diciembre a la jornada del veredicto para los 13 imputados, entre ellos, Cristina Fernández

La jornada comenzará a las 9:30 y se extenderá hacia la tarde, se conocerá el veredicto – cerca de las 18 horas – para los imputados en medio de reclamos de absolución por inexistencia de delito por parte de las defensas y de condenas de hasta 12 años de cárcel desde la fiscalía.

La vicepresidenta y el empresario y dueño de la firma «Austral Construcciones» Lázaro Báez enfrentan un pedido de 12 años de prisión por asociación ilícita y defraudación por parte de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola. Los fiscales reclamaron también la “inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos”, según publica Télam.

Los jueces del Tribunal Oral Federal 2 Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso prevén dar a conocer la sentencia esta tarde bajo la modalidad semipresencial que tuvo el juicio desde que se reanudó tras pasar casi medio año suspendido por la pandemia de coronavirus.

Estarán junto al secretario del TOF2 Tomás Cisneros en una de las salas de audiencias de la planta baja de Comodoro Py 2002 y se conectarán a la plataforma Zoom al igual que el resto de las partes que participan del juicio de manera remota.Para el veredicto tendrán que estar conectados a la audiencia todos los acusados.

El veredicto podrá ser apelado ante la Cámara Federal de Casación, una vez que se conozcan sus fundamentos, por lo cual no se tratará de una sentencia firme y su cumplimiento quedará sujeto a una futura decisión del máximo tribunal penal federal del país.

La fiscal, Ruth Monje, habló con FM EL CHUBUT sobre las novedades sobre el caso de desaparición y presunto homicidio de José Crettón, luego de la audiencia para los dos imputados realizada el pasado viernes. «Nos dieron tres meses de prisión preventiva para ambos», dijo.

Los imputados son Carlos Paiñepil y Daniel Napal, los cuales poseen «elementos que los apuntan como presuntos autores del hecho», informó Monje.

Cabe señalar que había expectativas de que Paiñepil declare en la última audiencia, pero «llegado el momento optó por no declarar». Otra de las novedades es que Paiñepil cambió de defensor al mismo que tiene Napal. «Entiendo que hay intereses contrapuestos entre los acusados. Ahora, teniendo el mismo abogado, es muy difícil que Paiñepil declare».

En torno a la investigación, esta continua y Monje informó que «estamos trabajando en relación a una tercera persona que habría participado». Sobre las pericias tecnológicas «lo más importante que se obtuvo es donde uno de los imputados hace referencia de cómo le quitaron la vida a Crettón».

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut convalidó el fallo dictado en marzo y rechazó los recursos de impugnación de la fiscalía y la querella. Se trata del caso en el que se denunció un abuso sexual grupal ocurrido en la villa balnearia en 2012 y que resonó en todo el país.

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó este martes las impugnaciones extraordinarias planteadas por el Ministerio Público Fiscal y la querella en la causa de violación en grupo en Playa Unión. De esta manera, confirmó la sentencia absolutoria del tribunal que tuvo a su cargo el juzgamiento de tres jóvenes acusados por el delito ocurrido en la villa balnearia en el año 2012.

La resolución fue por unanimidad y los ministros Camila Lucía Banfi Saavedra, Daniel Esteban Báez y Ricardo Napolitani convalidaron lo actuado por las juezas penales Ana Karina Breckle, Marcela Alejandra Pérez y María Laura Martini.

Argumentos

Uno de los principales argumentos se centró en que la víctima no declaró en el juicio. “La primera cuestión que trataron las juezas fue la decisión de los acusadores de no someter a la víctima a un interrogatorio” indicó la Dra. Banfi y agregó que las juezas del juicio concluyeron que ello implicó un “alto costo procesal, ya que la declaración de la damnificada en casos en los que se investigan delitos sexuales, es primordial”.

Tal cual como fue anticipado por Cholila Online en el artículo «El incendio le habría servido a Miquelarena para eliminar pruebas que pondrían en riesgo su cargo y su libertad», el procurador general habría conseguido un “beneficio político” gracias a los destrozos perpetrados en diciembre del despedido 2021 contra la sede del Ministerio Público Fiscal de Rawson, en el marco de las protestas contra la aprobación del proyecto de Megaminería.

Según el procurador general se perdieron 754 investigaciones como consecuencia de las llamas, y la causa “Lotería” estaría entre esas carpetas pulverizadas.

Federico Verdeau, marido de Mariví Das Neves, fue gerente general del Instituto de Asistencia Social de la provincia durante el mandato del extinto Mario Das Neves, y estaba imputado hasta el año pasado en la causa “Lotería”, donde se encontraba con un pie adentro de la cárcel junto a Correa, Luthers, Dahhur, Salinas, “chito” Alarcón, Villegas y Ñonquepán, por haber cometido una presunta batería de hechos de corrupción durante el año 2015, que habría consistido en lavado de activos, negociaciones incompatibles con la función pública, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, peculado de servicio y falsificación de instrumento privado.

Esta gentuza habría hecho lo siguiente: el gerente general del IES Federico Verdeau y el gerente de Relaciones Institucionales Josué  Dahhur, habrían simulado formalidad legal a través de la Lotería de la provincia, contratando con la empresa “Sono Eventos” para proveer de imagen y sonido a las fiestas y actos que desarrollaba el gobierno. El problema es que al parecer los titulares de esa empresa no eran los titulares y el verdadero propietario era Dahhur, en pocas palabras el gerente general de Relaciones Institucionales de la provincia Josué Dahhur, se habría contratado a sí mismo “auto-remunerándose” con dinero del estado.

Según la investigación fiscal, Dahhur falsificaba los presupuestos de otras empresas competidoras con su puño y letra, le elevaba la solicitud del servicio a Federico Verdeau y éste aprobaba la contratación saliendo victoriosa de la licitación “Sono Eventos”.

A la izquierda, Federico Verdeau, ex – gerente general del Instituto de Asistencia Social; a la derecha, Josué Dahhur, ex – gerente general de Relaciones Institucionales.

En “Sono Eventos” figuraban como titulares Jordán Salinas y Martín Villegas, primo éste último de Dahhur. La empresa facturó, a valor actual y según las pericias, una suma de $ 12.622.071.

De todo ese negociado habrían salido también beneficiados pecuniariamente Diego Correa y Martín Luthers, en lo que respecta a que idéntica operatoria habrían efectuado con “Sepat S.R.L.”, sociedad en la cual era propietario Correa.

Toda esa causa se vendría abajo como castillo de naipes como consecuencia de la cantidad de carpetas que se incineraron en los incendios provocados durante los disturbios del jueves 16 de diciembre del 2021.

Declaraciones como “la causa –Lotería- se quemó por completo” y “No sé de qué modo se va a poder reconstruir” fueron las expresadas este miércoles pasado por Miquelarena, muy sueltito de cuerpo, vaticinando un posible sobreseimiento de las acusaciones a todo el grupo señalado en un principio por lo investigadores como una verdadera “asociación ilícita”.

“Hay causas que se han perdido en su totalidad, otras que hay que reconstruir. Muchas de ellas podrían caerse porque desaparecieron las pruebas o por extinción de los plazos procesales. Esto afecta a las víctimas, detrás de cada investigación y los expedientes hay personas” dijo Miquelarena.

Asi que Federico Verdeau y compañía estarían contentos como perros con dos colas con los incendios provocados por un grupo de “dudosa procedencia” en el mes de diciembre. La razón por la que utilizamos esa adjetivación, es porque circulan fuertes rumores en donde se considera que habría existido “falsa bandera” durante los disturbios, es decir, una alta probabilidad de que un grupo de personas enviadas por un sector poderoso se haya hecho pasar por un conjunto de manifestantes “anti-mineros”, con el objeto de incendiar la sede de fiscalía de Rawson y eliminar determinada documentación.

No podía faltar el dato de color como moño para este artículo a los efectos de demostrar una conexión palpable entre todos estos personajes: El hermano de Federico Verdeau, Eric Paul Verdeau, es socio en la escuela de boxeo «Dream Box» junto a Rodrigo Miquelarena, el sobrino del procurador general.

Ese establecimiento está ubicado sobre la calle Lopez y Planes al 156 en la ciudad de Trelew.

Casualmente un artículo periodístico de Cholila Online en el que revelábamos esta íntima asociación entre los Verdeau y la familia Miquelarena por medio de «Dream Box», fue eliminado durante un ataque cibernético en el que se sospecha que participaron funcionarios del gobierno provincial y hasta el mismo Rodrigo Miquelarena.

El sobrino del procurador fue identificado en una pericia informática realizada luego de los ataques donde se lo descubre solicitando las credenciales de acceso de la página ¿Con qué finalidad? ¿Borrar los artículos periodisticos?

Nota relacionada: «El incendio le habría servido a Miquelarena para eliminar pruebas que pondrían en riesgo su cargo y su libertad»

El tribunal dio a conocer este jueves el veredicto para los 12 imputados, exfuncionarios y comerciantes, por la compra irregular de productos para los damnificados por el temporal de marzo de 2017. Entre ellos Diego Correa, Diego Luters, Leticia Huichaqueo y Marcelo Suárez.

El tribunal conformado por los jueces Miguel Caviglia presidente, Jorge Novarino y Fabio Monti dieron a conocer este jueves el veredicto en juicio oral y público por la causa de la “emergencia climática”. Además, convocó a las partes y a los ahora imputados hallados culpables, a la audiencia de cesura de pena que se realizará el martes de la próxima semana.

En el juicio se conoció modalidad bajo la cual ex funcionarios y comerciantes defraudaron al Estado por más de 15 millones de pesos por sobreprecios y expedientes fraguados por la venta de elementos de ayuda para los damnificados durante el temporal de marzo de 2017 en Comodoro Rivadavia.

Con un total de 12 personas imputadas, entre e funcionarios de la provincia comerciantes proveedores del Estado se llevó a cabo el juicio en Rawson con una importante cantidad de testigos y pruebas.

Para los ex funcionarios provinciales Diego Correa, Diego Luters, Leticia Huichaqueo y Marcelo Suárez, la imputación fue por los delitos de “defraudación con administración fraudulenta, en carácter de coautores en la modalidad de delito continuado”. Para Estanislao Finiguerra, Orsi, Barale, Marta Fracasso, Bruno Taurelli Chiribao, Cecilia Sabada y César Hughes, las imputaciones por el delito de “defraudación y administración fraudulenta en carácter de partícipes primarios».

El tribunal resolvió minutos antes de las 12 de este jueves 23 de septiembre declarar en forma unánime culpables los ex funcionarios acusados, Diego Correa, Diego Luters, Vanina Barale, Marcelo Suarez y Leticia Huichaqueo.

Entre otros aspectos de la resolución, el tribunal indicó que Luters cumplía órdenes de Correa para armar los expedientes con ida y vuelta hacia Marcelo Suárez y Vanina Barale. Para ello en el fallo citaron a testigos, entre comerciantes, empleados y funcionares públicos, que dieron cuenta del armado de este circuito para el armado de los expedientes.

“Se trata de maniobra con el armado de expedientes apócrifos con el objetivo de justificar contrataciones a fin de obtener un lucro indebido”, indicaron los jueces para agregar que “se armaron expedientes cuando aún ni siquiera había empezado a llover en Comodoro Rivadavia” y sin que el ex gobernador Mario Das Neves “haya firmado los decretos declarando la emergencia climática”. Desestimaron los dichos de algunos de los imputados, como Marta Fracasso, al momento de hablar ante el tribunal sobre el final del juicio oral y público.

La comerciante imputada Cecilia Sadaba fue absuelta al considerarse que los sobreprecios por los cuales estaba imputada “no constituye delito alguno”. En este hecho el resto de los imputados también fueron absueltos. Finalmente también fue absuelto Cristian Orsi por el hecho en el que se hallaba imputado, además de Guillermo Williams para quien los mismos fiscales habían reconocido no tener las pruebas suficientes durante el debate, al quedar desestimado un testigo que había sido clave para la investigación.

Este martes por la tarde se realizó en los Tribunales de Esquel, la audiencia de control de detención de los tres imputados por la muerte de Brian Esposito, el joven de 23 años que murió ayer lunes tras sufrir intensas quemaduras en el incendio de su casa.

Los detenidos fueron imputados por homicidio agravado por ensañamiento, por un medio para crear un peligro común y con el concurso premeditado de más de dos personas.

En la audiencia, la Procuradora Fiscal, Débora Barrionuevo vía telefónica, con la presencia en los tribunales de Esquel del Fiscal Jefe de la Oficina Fiscal de la Comarca, Carlos Díaz Mayer, requirió la formalización de la investigación del crimen de Brian Alejandro Espósito.

Tres son las personas que asistieron detenidas a la audiencia. Se les imputó coautoría en el delito de homicidio calificado por ensañamiento, peligro común y con el concurso premeditado de dos o más personas. Barrionuevo pidió la prisión preventiva de los tres imputados hasta la realización de la Audiencia Preliminar.

La defensora Pública, Valeria Ponce, se opuso al pedido de prisión preventiva por entender que no se respeta el principio de inocencia y la medida puede sustituirse por una menos gravosa.

Finalmente, el juez Jorge Novarino resolvió dictar la prisión preventiva de los tres imputados por el término de cuatro meses.

El hecho

Barrionuevo indicó que se investiga un hecho ocurrido entre las 23:00 hs. del 18 de abril y las 00:00 hs del 19 de abril, en el interior de la vivienda en que residía Brian Alejandro Esposito, sita en Callejón Juárez, Paraje Isla Sur, Lago Puelo.

Brian estaba en su casa junto a dos amigas cuando cuatro o cinco sujetos golpearon a su puerta, abrieron e ingresaron vestidos con ropa oscura y con pasamontañas. Les gritaron a las mujeres que se retiraran de la vivienda, mientras golpeaban en el piso a Brian, para luego rociarlo con combustibles flamables (presuntamente NAFTA), que llevaban en un bidón. Luego rociaron gran parte de la vivienda con el mismo combustible, prendieron fuego y huyeron.

Brian resultó con quemaduras que afectaron el 90% de su cuerpo. El mismo 19 de abril, en horas de la tarde, falleció cuando se hallaba internado en el Hospital Zonal de Esquel.

Las conductas fueron calificadas provisoriamente como constitutivas de homicidio agravado por haber sido perpetrado con ensañamiento por un medio para crear un peligro común y con el concurso premeditado de más de dos personas en carácter de coautores.

La Defensora Pública Valeria Ponce desconoció los hechos tal como fueron narrados en la apertura de la investigación. Los imputados declararon relatando una situación previa en la que la víctima había incendiado la vivienda de uno de ellos. Sostuvieron que fueron a pedirle cuentas, con la intención de pelear, pero que no llevaron combustible, ni prendieron fuego la vivienda.

Barrionuevo y Díaz Mayer pidieron el dictado de la prisión preventiva de los tres imputados por peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación, hasta la audiencia preliminar. Ponce se opuso solicitando una medida menos gravosa como la presentación semanal en la Comisaría de Lago Puelo y prohibiciones de acercamiento, o en caso de ser insuficiente a criterio del juez, el arresto domiciliario. También cuestionó el plazo solicitado.

El juez Jorge Novarino entendió necesario el dictado de la prisión preventiva, debidamente fundado, pero entendió que este debe establecerse por un plazo menor, para revisar la necesidad de su mantenimiento. Fijó la medida por cuatro meses.

Fuente: ADNSUR

Será a las 15 horas, momento en el que está previsto que los jueces de la misma den a conocer culpabilidad o inocencia de los ocho imputados que desde hace dos meses son sometidos a juicio oral y público.

Se trata de los jueces Mariano Nicosia, Ivana González y Alejandro Rosales que durante más de una semana estuvieron deliberando luego de las extensas jornadas de desfile de testigos y disputas entre los fiscales investigadores y los defensores de los imputados.