El Banco Central suma restricciones a la compra del dolar y establece que las personas físicas o jurídicas que compren los USD 200 dólares mensuales no podrán comprar dólares por otros lugares como el “dólar Bolsa o MEP” o el “contado con liquidación”.
Según estableció la Comunicación A7001 del BCRA, en las operaciones del “dólar solidario” en la que cualquiera puede hacerse de la compra de USD 200 al tipo de cambio oficial, más el agregado del impuesto del 30% (PAIS), el banco pedirá una DDJJ.
Quien haga la operación deberá aclarar que en ese día y en los 30 anteriores no ha efectuado venta de títulos con liquidación en moneda extranjera o transferencia de esos títulos a entidades del exterior.
Además debe comprometerse a que no va a realizar ventas de títulos con liquidación en moneda extranjera o la transferencia de los mismos a entidades del exterior durante los 30 días siguientes.