La Secretaría de Energía dispuso una modificación en la periodicidad con la que las empresas distribuidoras de gas trasladan a la factura final de los usuarios las variaciones entre el costo estimado del suministro y el precio real abonado a los productores en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST)
A partir de la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios en agosto de 2026, el ajuste conocido como Diferencia Diaria Acumulada (DDA) pasará a calcularse de manera bimestral, reemplazando el esquema estacional que se aplicaba dos veces al año.
Reducción del impacto estacional en las facturas
La medida fue oficializada a través de la Resolución 167/2026. Su objetivo principal es atenuar las variaciones bruscas en los montos de las facturas que abonaban los usuarios residenciales como consecuencia de las brechas acumuladas durante semestres enteros.
Hasta la fecha, el mecanismo estacional provocaba un «doble efecto»: en los meses invernales, las distribuidoras registraban picos de consumo a mayor precio y acumulaban abultados saldos pendientes que luego se reflejaban de forma abrupta en las tarifas. Con la nueva frecuencia de recálculo cada dos meses:
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Las correcciones se aplicarán en lapsos de tiempo más cortos.
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Los montos resultantes de cada ajuste individual serán más bajos y progresivos.
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Se busca mitigar la volatilidad en las facturas de los hogares y asegurar el abastecimiento del servicio.
Instrucciones al ENARGAS
La normativa encomendó al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) adecuar sus procedimientos de cálculo para poner en marcha el mecanismo junto con los cuadros tarifarios correspondientes a agosto de 2026, instancia en la que también se fijará la determinación inicial de las DDA bajo las nuevas pautas.
