El Gobierno nacional ingresó formalmente este jueves al Congreso de la Nación el proyecto de reformas a la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa técnica orientada a brindar garantías jurídicas a los contribuyentes para promover la formalización y bancarización de los divisas no declaradas en el circuito financiero.
La propuesta legislativa lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello y el ministro de Economía Luis Caputo.
Los fundamentos del equipo económico
Durante la presentación del espíritu del proyecto, el titular de la cartera económica, Luis Caputo, precisó el objetivo central del oficialismo para dinamizar la actividad interna:
“El objetivo es que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin penalidad de ningún tipo”, sostuvo el ministro Caputo.
En ese sentido, el funcionario vinculó la atracción de fondos con la reactivación productiva:
“Queremos que haya más inversión, y la contracara de la inversión es el ahorro, que hoy están debajo del colchón”, enfatizó Caputo.
Según consta en los fundamentos del texto, la norma busca equilibrar “las garantías de los contribuyentes con las facultades de fiscalización del Estado”, además de actualizar las sanciones en el ámbito del trabajo agrario garantizando proporcionalidad.
Ejes técnicos del proyecto: Ganancias y controles de ARCA
La iniciativa parlamentaria introduce modificaciones profundas en la modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y en el régimen de fiscalización:
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Eliminación de topes de acceso: Se suprimen los límites de ingresos anuales (fijados anteriormente en $1.000 millones) y de patrimonio (hasta $10.000 millones) para que todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes puedan optar por el régimen simplificado.
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Nueva definición de «discrepancia significativa»: La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) solo podrá romper la presunción de exactitud si la impugnación implica un ajuste igual o superior al 15% de lo declarado, supera los montos de la Ley 27.430 del Régimen Penal Tributario o detecta facturación apócrifa.
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Piso mínimo de resguardo: Se fija un umbral del 5% del monto del Régimen Penal Tributario ($5 millones), por debajo del cual no se activarán impugnaciones contra contribuyentes de buena fe.
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Mecanismos de corrección y devolución: Los contribuyentes podrán rectificar su declaración en un plazo de 15 días tras ser notificados sin perder los beneficios. Asimismo, se establece un sistema de reintegro acelerado que obliga a ARCA a devolver montos cobrados en un máximo de 45 días hábiles si la impugnación es revocada.
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Prevención del lavado de activos: La adhesión al régimen exigirá operar exclusivamente mediante canales financieros autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) o la Comisión Nacional de Valores (CNV).
En el cierre de la presentación, el Poder Ejecutivo resumió que el proyecto representa “un avance sustancial en la consolidación de un sistema tributario más lógico y protector de los derechos de los medianos y pequeños contribuyentes”.
