El escenario judicial en torno a la ejecución de la condena por la denominada «Causa Vialidad» sumó un capítulo de altísimo impacto político y patrimonial.
El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) dispuso una nueva batería de embargos preventivos y medidas cautelares fulminantes sobre un lote de inmuebles clave, dentro del cual se destaca de forma nítida el departamento ubicado en la calle San José 1111, la histórica propiedad donde la ex presidenta Cristina Kirchner se encuentra cumpliendo el régimen de prisión domiciliaria tras recibir la pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La paradoja de San José 1111: ¿Peligra el lugar de detención?
La vivienda golpeada por la medida judicial no figura directamente a nombre de la ex mandataria, sino que pertenece formalmente a la firma Los Sauces S.A., la emblemática sociedad inmobiliaria controlada por la familia Kirchner. Esta propiedad forma parte de los activos societarios y bienes estratégicos seleccionados por la Justicia para intentar cubrir el multimillonario monto de 685.000 millones de pesos que el fallo dejó en condiciones de decomisar.
La decisión del tribunal enciende de forma inmediata interrogantes logísticos sobre si la ex jefa de Estado se verá forzada en el mediano plazo a fijar y evaluar un domicilio alternativo para continuar bajo el régimen de detención domiciliaria. De todos modos, buscando bajar la espuma del impacto inmediato, los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso aclararon expresamente que estas medidas cautelares de segunda ola no representan un remate, subasta o realización inmediata de los inmuebles, como tampoco alteran en lo inmediato la titularidad registral actual de las propiedades, sino que apuntan a bloquear de manera absoluta cualquier tipo de disponibilidad jurídica de los activos mientras se dirime el decomiso final.
Autos de lujo y los millones guardados de Florencia Kirchner
Este avance patrimonial se inscribe en lo que los magistrados denominan la segunda etapa de ejecución de bienes. Cabe recordar que la primera fase ya había dejado bajo jaque cautelar a 111 propiedades que habían sido marcadas inicialmente por el fiscal Diego Luciani. En aquel lote original de noviembre pasado, el TOF 2 había avanzado específicamente sobre 20 inmuebles directamente ligados al entorno de la familia Kirchner, 85 pertenecientes al empresario patagónico Lázaro Báez (y su entramado empresarial) junto a otros seis inmuebles vinculados al resto de los ex funcionarios condenados.
Aunque la Cámara Federal de Casación Penal convalidó ese primer bloque en febrero, tanto Cristina Kirchner como Báez activaron recursos extraordinarios, trasladando la última palabra a los despachos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, lejos de congelar el expediente, el TOF 2 resolvió abrir este segundo carril que pone la lupa sobre un conjunto compuesto por otros 144 bienes, distribuidos de forma variada entre inmuebles residenciales, vehículos particulares, unidades de colección y participaciones accionarias comerciales. En esta misma ofensiva patrimonial quedaron completamente congelados los cinco millones de dólares en efectivo que Florencia Kirchner mantenía resguardados dentro de una caja de seguridad en las sucursales del Banco Galicia.
El cerrojo legal del Artículo 23 y la conexión con Lázaro Báez
La arquitectura jurídica desplegada por los jueces para extender estas pesadas cautelares directamente sobre las figuras y patrimonios de Máximo y Florencia Kirchner se sostiene en las conclusiones troncales de la sentencia condenatoria de Vialidad. El tribunal dejó plasmado que la fenomenal maniobra de fraude enquistada en la obra pública vial santacruceña generó beneficios económicos de carácter directo para Lázaro Báez, pero de manera indirecta terminaron derramándose hacia el núcleo familiar de la ex presidenta.
La investigación judicial dio por probada la existencia de una aceitada y sistemática conexión económica y comercial entre las firmas de Báez y los negocios privados de los Kirchner entre los años 2003 y 2015. Durante este bloque temporal, las corporaciones del constructor alquilaron de forma recurrente las plazas hoteleras, explotaron turísticamente diversos complejos y costearon ampliaciones edilicias en propiedades de los Kirchner, operando a nivel personal y a través de las firmas pantallas Hotesur S.A. y Los Sauces S.A. Para los ojos del TOF 2, este mecanismo circular permitió que el dinero sucio proveniente del delito original se reinsertara y se asentara de manera definitiva en el patrimonio de las sociedades familiares.
Con este telón de fondo, el tribunal invocó con firmeza el artículo 23 del Código Penal argentino, una herramienta que faculta al Estado a golpear a aquellas personas jurídicas o sociedades comerciales que se hayan lucrado de forma abierta con el provecho de un ilícito penal, blindando la potestad de avanzar incluso sobre bienes o derechos de participación que hayan sido transferidos o cedidos bajo formato gratuito a terceras personas.
