En una jugada estratégica para sacudir el mercado inmobiliario y achicar el déficit habitacional, la provincia de Chubut puso en marcha una fuerte medida económica.
Mediante la Resolución Nº 1094/26, en el marco de la Ley XXIV Nº 124, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Chubut (ARECH) oficializó un esquema de incentivos impositivos sin precedentes para reactivar de manera inmediata la inversión privada en obras residenciales. La iniciativa entrará en vigencia a partir de su correspondiente publicación en el Boletín Oficial y ofrecerá alivio fiscal total a los desarrolladores.
Tres años a cupo cero de tributos: plazos y requisitos indispensables
El núcleo central del nuevo régimen fija una exención del 100% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos por un plazo de 36 meses para todos los proyectos que encuadren en la reglamentación. El beneficio está enfocado en el desarrollo de viviendas familiares, complejos residenciales y loteos destinados a la urbanización.
Para quedar habilitados en el programa, las obras deben cumplir condiciones cronológicas estrictas:
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Fecha de inicio: Las construcciones deberán haber iniciado sus actividades a partir del 5 de agosto de 2026.
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Plazo de inscripción: Los interesados tendrán tiempo de registrar sus desarrollos ante la entidad recaudadora hasta el 30 de junio de 2027 inclusive.
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Vigencia efectiva: El período de tres años con beneficio impositivo empezará a correr una vez que el organismo emita formalmente la Constancia de Adhesión.
Plataforma 100% digital: cómo tramitar la exención impositiva
Con la intención de agilizar los procesos administrativos, la ARECH dispuso que la solicitud se realice exclusivamente por vía telemática. El trámite deberá ser encarado directamente por el titular de la obra ingresando con su clave fiscal a la plataforma oficial de la agencia, seleccionando el apartado específico “Beneficios Fiscales Ley XXIV 124 – Construcción de Viviendas”.
Para avanzar en la aprobación de la solicitud, los emprendedores deberán cumplir dos exigencias operativas básicas: haber constituido previamente el Domicilio Fiscal Electrónico ante la ARECH y adjuntar una memoria técnica completa donde se detallen las características constructivas y los alcances del emprendimiento. Una vez constatado el cumplimiento integral de los requisitos, el ente oficial otorgará la documentación que formaliza la exención.
Impuestos beneficiados: Ingresos Brutos y Sellos al detalle
El alcance tributario abarca a distintas categorías de contribuyentes pero bajo lineamientos bien delimitados:
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Ingresos Brutos: La liberación impositiva será total para contribuyentes directos de Chubut. Asimismo, se extenderá a quienes tributen bajo Convenio Multilateral, sujetándose en este caso únicamente a la base imponible imputable a la jurisdicción provincial. Quienes se encuentren bajo el Acuerdo Interjurisdiccional gozarán del beneficio sobre los ingresos generados por actividades incluidas en el Anexo A de la Ley XXIV Nº 124.
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Proyectos Mixtos: En los desarrollos urbanos que combinen espacios comerciales y habitacionales, la exención se calculará de forma proporcional, aplicándose estrictamente sobre el porcentaje de superficie asignado a vivienda familiar.
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Impuesto de Sellos: La exención del 100% cubrirá todos los contratos e instrumentos legales suscritos dentro del plazo de vigencia que estén vinculados al financiamiento, ejecución o desarrollo de la obra. A diferencia de otros trámites, la aplicación en Sellos no será automática, requiriendo la revisión previa e intervención directa de la ARECH.
