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Fue esta madrugada en zona de la Loma. Trabajaron en el lugar bomberos y personal de la Seccional Segunda. El siniestro habría sido intencional.

Según informaron fuentes policiales a El Patagónico, alrededor de las 4 de la madrugada de lunes, sobre la calle Saavedra al 300 en zona de la Loma, se produjo el incendio de un Volkswagen Suran que se encontraba estacionado.

El vehículo fue hallado en llamas, por lo que tuvieron que intervenir personal de Bomberos Voluntarios, junto con efectivos de la Seccional Segunda.

Si bien indicaron el automóvil presentaría fallas mecánicas, los agentes policiales no descartaron que el siniestro hay sido intencional.

Las pérdidas fueron totales y hasta esta mañana el damnificado no se había presentado en la dependencia policial a radicar la respectiva denuncia.

El Patagónico

Se llevó a cabo la primera jornada de debate con cuatro testigos. El  imputado es Matías Juan Barcia. Este viernes se espera continuar con el proceso con la declaración de tres testigos más.

En horas de la mañana del jueves se concretó en los tribunales penales ordinarios la primera jornada de juicio por un ilícito contra la propiedad acontecido el pasado 30 de Marzo de 2012 que tiene como imputado a Matías Juan Barcia. En la audiencia se presentaron los alegatos de inicio de las partes, en un primer momento se escuchó la declaración del imputado negando los hechos que se le imputan y luego cuatro testigos de cargo. Para mañana viernes se espera continuar con el debate con la declaración de tres testigos más.

El tribunal de debate fue integrado por jorge Odorisio, Raquel Tassello y Mariel Suárez, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Viviana Barillari y María de los Ángeles Garro, defensoras públicas.

El día 30 de Marzo de 2012, aproximadamente a las 19:25 horas,  Matías Juan Barcia se presenta en el local comercial “Feria y Almacén San Jorge” sito en calle Código N° 494 N° 1600 del B° Moure de esta ciudad, lugar en el que se encontraba trabajando la víctima. Una vez en su interior,  Barcia se acerca al mostrador, solicita una tarjeta de la empresa de telefonía celular Movistar de $ 50, la denunciante le entrega la misma y Barcia exhibiendo un arma de fuego con tambor de tamaño mediano tipo revolver, intimida a la víctima exigiéndole la entrega de dinero y ésta última activa la alarma sonora. Ante ello Barcia efectúa un disparo hacia abajo detrás del mostrador, impactando sobre la pared, sustrae la tarjeta de telefonía celular Movistar de $ 50 y se retira del lugar en dirección hacia calle Bahamonde. El hecho descripto se califica provisoriamente como “robo agravado por ser cometido con arma de fuego” debiendo responder en calidad de autor para Barcia.

Por su parte la defensa postuló que el hecho presentado por la fiscalía se encuadra en otra figura legal.

Entre los testigos se escuchó la palabra de un oficial de policía que intervino momentos posteriores al hecho, como oficial de servicio de la Comisaría 5ta. Se entrevista con la víctima, informa a la fiscal de turno y realiza las diligencias de rigor. Recuerda haber visto que personal de Criminalística levanta un resto de plomo y fotografían lo que sería un impacto de proyectil sobre la pared del local comercial.

La víctima por su parte recordó que aquel día del hecho entra, el imputado, saca un limón, me pide una tarjeta telefónica, saca el revólver y le dice “dame toda la plata que tenes”. Ella le dice que no tiene dinero, entonces Barcia realiza un disparo contra la pared y se retira.  Lo conocía porque venía a comprar siempre al negocio. En el comercio tenían cámaras y estaban funcionando, recordó.

El funcionario de la Fiscalía, Raúl Camerlo, explicó que existe riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal y pidió el dictado de la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar.  El imputado es un joven de 19 años.

Un joven de 19 años, investigado como presunto autor del homicidio de Rosalino Carrilemo, fue llevado a audiencia de control de la detención y formalización de la investigación. El funcionario Raúl Camerlo calificó el hecho como homicidio simple, explicó que existe riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal y pidió el dictado de la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar. El defensor Marcos Ponce, indicó que es posible custodiar los riesgos procesales con un arresto domiciliario por el plazo de un mes. Ricardo Rolón decidió imponer un mes de prisión preventiva en comisaría, para permitir que avance la investigación sin obstáculos.

Camerlo describió el hecho indicando que ocurrió este miércoles, aproximadamente a las 20 hs. en la localidad de José de San Martín. El imputado, ante la negativa de Carrilemo de darle dinero para comprar bebidas alcohólicas, habría tomado el cuchillo que portaba y le asestó una puñalada en la zona del cuello, “provocándole un corte de dimensiones que le causó una gran pérdida de sangre, ocasionándole de este modo la muerte casi inmediata”.

El joven se dio a la fuga y pidió ayuda a un vecino para ser trasladado a Gobernador Costa. A preguntas del conductor, dijo que se había mandado una macana, este trató de convencerlo para que se presente en la comisaría, dijo que sí, pero luego intentó bajarse un par de veces del vehículo durante el recorrido. El vecino logró convencerlo y lo llevó hasta la Comisaría, donde quedó aprehendido. Mientras tanto la policía recibió la noticia de un hecho violento, se dirigió al lugar y puso en marcha un operativo cerrojo.

El imputado sostuvo en la audiencia que reaccionó intentando defenderse de la víctima, que quiso cortarlo en la cara pero como se movió el corte se produjo en el cuello.

El funcionario de Fiscalía, señaló que es indispensable asegurar la investigación y la presencia del imputado en juicio. Requirió al juez la imposición de prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar, una vez finalizada la investigación.

Ponce se opuso al pedido, indicando que los riesgos pueden cautelarse con la permanencia del imputado en la casa de su madre y por el plazo de un mes ya que no son muchas las medidas de investigación pendientes.

El juez Rolón analizó los planteos, consideró que existen riesgos procesales, aunque no compartió con la Fiscalía la magnitud de estos. Para cautelar el proceso decidió que el modo más efectivo será el dictado de prisión preventiva en Comisaría, aunque por el plazo acotado de un mes.

Argentina está conmocionada por la historia de Paola Córdoba, una mujer de 38 años que llegó un día a casa y encontró a su marido abusando de su hija de 18 años. Al descubrir la escena, se fue a la cocina y cogió un cuchillo para matar a su marido. Le dio 185 puñaladas. Alberto Elvio Nairetti aprovechó la ausencia de su mujer para intentar violar a su hija, dándole golpes para conseguirlo.

Fue una llamada a los servicios de emergencias la que alertó de que había un herido por arma blanca. Cuando la Policía llegó, la mujer confesó el crimen. El hombre, de 46 años, estaba ya muerto, como consecuencia de las heridas que presentaba en pecho, espalda y abdomen. Los forenses contaron 185 puñaladas.

La investigación aún está abierta, pues no se descarta que la hija participara también en el asesinato. Los agentes incautaron dos cuchillos de cocina que estaban manchados de sangre como pruebas para la investigación.

Según varios medios, había habido episodios de violencia en la pareja que habían derivado en varias denuncias en la Comisaría de la Mujer y la Familia de Malvinas Argentinas por «violencia familiar». Además, Nairetti contaba con varios antecedentes policiales.

ABC

Barrios, uno de los jueces que votó por otorgar el beneficio

Un hombre donará al menos 24 litros de leche a una institución de bien público para no ir a juicio oral y público. Lo decidió la Cámara Penal de Trelew, que le otorgó el beneficio a Mario Sánchez. La probation durará un año y además deberá cumplir al menos 60 horas a favor del Estado durante los primeros seis meses del plazo de suspensión de juicio a prueba, todo bajo control y supervisión judicial, con la intervención de la Fiscalía y ante el juez de ejecución.

Votaron a favor los jueces Alejandro Defranco y Roberto Barrios. Se opuso Rafael Lucchelli, en videoconferencia desde Puerto Madryn.

Sánchez fue acusado por portación de arma de fuego de uso civil sin autorización legal. En agosto del año pasado la jueza Ivana González le negó la probation y la Defensa Pública impugnó la decisión.

La audiencia de impugnación fue el 19 de febrero. Estuvieron Sánchez y la abogada adjunta de la Defensa Pública, Romina Rowlands. Fiscalía se opuso basándose en una instrucción general del procurador Jorge Miquelarena, que desaconseja el beneficio en casos así. En particular, porque el arma disparó, Policía intervino y Sánchez no estaba autorizado para portarla. Todo agrava el episodio.

González había aclarado que una instrucción de la Procuración es vinculante para los fiscales pero “jamás” para los jueces. Pero si Fiscalía se oponía al beneficio con fundamento, la magistrada no podía desoírlo. Los disparos al aire llamaron la atención de la población y de la Policía, que actuó. “Se produce el cacheo y el hallazgo coincidente con los tiros escuchados, está dentro de los parámetros que se pretenden evitar, son delitos de peligro, ponen en riesgo la seguridad pública. Voy a rechazar la suspensión de juicio a prueba y la causa debe seguir”, dijo la jueza.

Defranco votó que si el imputado pide el beneficio, no tiene antecedentes y la pena del delito permite una condena en suspenso, “indefectiblemente debe concederse el instituto, no pudiendo crearse jurisdiccionalmente ni de la mano del Ministerio Público Fiscal requisitos no previstos en el dispositivo legal, so riesgo de afectar el principio de legalidad”.

Si bien la Procuración tiene amplias facultades para diseñar directivas de política criminal, “cada fiscal en el caso concreto en que le toca actuar, no resulta eximido del deber de fundamentación de su dictamen, más allá de remitirse a la orden de su superior jerárquico”.

Los tres disparos y la falta de autorización no son suficiente razón para oponerse a la probation; los disparos sólo acreditan que el arma funcionaba y la puesta en peligro de la tranquilidad pública, pero no otro ilícito distinto; por otro lado, la falta de autorización administrativa para portar el revólver no agrava la hipotética condena.

Incluso si Fiscalía tuviera razón, no explicó ni mensuró cómo podría elevar la pena aplicable desde el mínimo legal –un año- hasta los tres y de cumplimiento efectivo.

Lucchelli votó que había motivos para denegar la probation, dada en la mayor gravedad del episodio que hace referencia el Ministerio Público Fiscal.

“Si los jueces decidiéramos por nuestra cuenta si corresponde o no, estaríamos prejuzgando; no debemos adentrarnos a la hipótesis fáctica y a la hipótesis jurídica que llevan adelante el Ministerio Público Fiscal. Solamente debemos juzgar si los fundamentos son suficientes”.

Por su parte, Barrios explicó que está prohibido que una persona lleve un arma en condiciones de funcionar en lugar público. Es un delito de peligro contra la seguridad pública. Pero si el imputado no tiene antecedentes y la pena se puede dejar en suspenso, el beneficio se debe habilitar. Una instrucción del procurador es insuficiente para fundamentar la negativa.

La jueza, para el rechazo del pedido, había tenido en cuenta el disparo al aire que causó la intervención policial. “Es más, dijo que rechazaría todos los casos donde un arma de algún modo u otro fuera utilizada”. Según el camarista, para la jueza el disparar agrava el delito y torna la probation inotorgable.

“Fue insuficientemente fundada la oposición fiscal, y con ello la decisión judicial, el motivo por el cual al acusado Sánchez se le debería imponer una pena de prisión de efectivo encierro”.

Fiscalía había adelantado para el hipotético juicio una pretensión punitiva con el máximo de la portación de arma sin la debida autorización legal: cuatro años de prisión.

“No justificó como pretende alcanzar dicho monto, o al menos alguno que no admita la condena condicional”, decidió Barrios.

Los dos lesionados son mayores de edad, pero no quisieron denunciar el hecho. La policía actuó de oficio.

Una pelea entre “trapitos” dejó un saldo de dos heridos. El incidente se produjo alrededor de las 2 de la madrugada en la Costanera de Comodoro Rivadavia.

Según informaron fuentes oficiales, en el altercado fue herido en la cara, presuntamente con un vidrio, Kevin Alejandro Michnik, y también Mauricio Hernán Puñalefel, quien sería hermano del autor del corte que sufrió el joven.

Ambos, mayores de edad, evitaron denunciar el incidente y la policía tuvo que intervenir de oficio.

Esta no es la primera vez que se produce un incidente con limpiavidrios. En noviembre, incluso, dos de ellos se apuñalaron en la misma zona de la Costanera, y luego de recibir el alta en el Hospital Regional uno de ellos volvió a ser atacado en ese sector.

Según un trabajo que se realizó durante 2018 solo en el Centro de Comodoro Rivadavia hay 28 trapitos.

ADN Sur

El Superior Tribunal de Justicia rechazó una apelación del Ministerio de Educación y de esta forma Pablo Damián D´Horta, el expolicía que fue parte del intento de robo a un cajero automático en Puerto Pirámides, podrá seguir dando clases en la Escuela Politécnica 703 de Puerto Madryn.

Los ministros Alejandro Panizzi y Mario Vivas explicaron que como D´Horta no reclamaba dinero no había presupuesto en juego, ya que su cargo docente igual debía ser cubierto. Declararon “inadmisible” el recurso del Estado provincial, que pagará las costas.

El 2 de agosto de 2011 el hombre fue parte del intento de robo. Tuvo prisión preventiva. Era suboficial de la Policía y fue exonerado de la fuerza en 2012. En noviembre de 2011 fue condenado y en junio de 2013 quedó libre.

En octubre de 2013 fue designado suplente para un cargo docente en la materia “Procesos productivos” en la Politécnica. Es Técnico Electromecánico. Por su desempeño le otorgaron más horas, siempre como suplente o provisorio. Al ser exonerado ya tenía 42 horas cátedras en diferentes asignaturas.

Pagó

D´Horta explicó que en su momento no apeló su condena “porque reconoció su error y eligió pagar su culpa”. Tuvo una pena de dos años y cuatro meses de prisión efectiva. Se dio por cumplida por el tiempo que pasó en preventiva y domiciliaria.

Como el resto de la banda apeló, hubo un fallo definitivo del STJ en junio de 2015. El Ministerio fue notificado y le inició un sumario administrativo por violación al Estatuto Docente.

En 2017, el Decreto 1.095 lo exoneró del Ministerio. D´Horta promovió un amparo contra la Provincia al considerar violado su derecho a trabajar. Aclaró que el delito y la condena eran anteriores a su ingreso a Educación, y que su desempeño laboral fue “intachable”.

Pero según el sumario, su desempeño como maestro no era relevante para la investigación. “Se lo acusó de perjudicar la moral, afectar el decoro de la función o el prestigio de la administración. Fue llamativo que se le aplicaran normas administrativas por hechos cometidos mucho antes de estar sujeto a ellas”.

D´Horta repasó lo que llamó su “actuación de excelencia”: obtuvo licencias de programas informáticos para uso del alumnado; remodeló el taller; gestionó donaciones de vehículos para prácticas de desarmado y de estaciones de trabajo; actualizó el inventario de herramientas; reparó la totalidad de las máquinas que estaban en desuso; creó el “Aula de diseño 3d” que imprimió la primera mano ortopédica gratuita.

En los conceptos anuales del director de la Escuela sus calificaciones raramente bajaron de 9, con un 10 en laboriosidad, aptitud para con los docentes y directivos, puntualidad y asistencia, concepto, cultura general, etcétera.

Sanción automática

Según su amparo, el decreto de exoneración nunca explicó cómo la condena penal en su contra podía afectar el prestigio de la Politécnica o ser “moralmente incompatible” con su trabajo. El sumario se limitó a aplicarle una sanción gravísima y automática. No era docente al momento del robo.

D´Horta consideró “un contrasentido” que el Estado por un lado promueva el derecho a la reinserción pero por el otro “trunque esa posibilidad con trabas que impone a los que pretenden reincorporarse como miembros productivos de la sociedad”. El decreto rompía su derecho a trabajar. “Es una clarísima falta de proporción entre el hecho y la sanción”.

Una jueza declaró nula e inconstitucional la exoneración. El Ministerio reclamó pero la Cámara de Apelaciones de Madryn confirmó la postura de D´Horta, reincorporándolo al aula. Coincidieron con que lo habían echado ignorando su buen desempeño docente ni explicando cómo influyó su prontuario. La exoneración es la máxima sanción disciplinaria pero necesita una explicación sólida.

“Del análisis del legajo y de la declaración de los testigos se advierte su idoneidad, compromiso, dedicación, innovación y actitud proactiva en la función docente”, dice el fallo de segunda instancia.

El Ministerio no demostró qué relación había entre el Caso Pirámides y su trabajo docente. “Debió exponer cómo su conducta pasada afectaría el prestigio de la institución docente”. No se puede transformar de la nada un antecedente por delito en un impedimento para la función pública. La exoneración automática era inconstitucional ya que se ignoró la “idoneidad, compromiso y buen desempeño” que evidenció D´Horta con sus alumnos. “La autoridad debió verificar el peligro que representaba para el normal desempeño de la función pública”.

Máxima instancia

Educación apeló al STJ. El procurador general Jorge Miquelarena dictaminó que el caso no perjudicaba al erario. Sea quien sea el docente, igual habría que pagar esas horas cátedra o el cargo.

El Superior coincidió con este dictamen: D´Horta nunca reclamó salarios caídos ni indemnización, sólo seguir trabajando en la Politécnica. Darle la razón no implica un detrimento económico para el Estado porque no hay patrimonio público en juego.

D´Horta ganó el caso pero esta semana no dará clases. Es que debe esperar que se notifique a la cartera educativa y el fallo se haga efectivo.

“Los pibes me esperan y fueron mi mayor apoyo psicológico. Siempre me preguntaron cuándo volvía”, le dijo a este diario el exuniformado, con entusiasmo.

 

 

Diario Jornada

En una audiencia realizada este jueves, la jueza dictó su prisión preventiva hasta el juicio, que será el 16 de abril.

Un hombre burló a la Justicia durante dos años aportando una identidad falsa tras su detención por un robo. Este jueves se llevó a cabo una audiencia y la jueza le dictó prisión preventiva hasta el 16 de abril. Es oriundo de Salta.

En mayo de 2016, Renzo Iván Fontana fue detenido por el delito de robo en poblado y en banda con la intervención de un menor de edad, y en ese momento dijo que se llamaba Octavio Fontana, por lo que la imputación y todas las acciones se desarrollaron contando con dicha identidad como la real.

Tras la audiencia preliminar se fijó la fecha de juicio pero no se presentó, por lo que se dictó el pedido de captura y poco después fue interceptado por personal policial y detenido. Al cotejar las huellas dactilares del imputado con las del aprehendido en la oportunidad se determinó que no se trataba de la misma persona sino que eran hermanos y allí descubrieron que había dado datos falsos.

Sin embargo, el miércoles, efectivos del área de Operaciones de la Unidad Regional lograron interceptar al verdadero evadido, Renzo Iván Fontana, quien este jueves fue sometido a audiencia de control de detención, indicó Crónica.

El acto estuvo presidido por la jueza Mariel Suárez mientras que por el Ministerio Público Fiscal estuvo presente el funcionario de Fiscalía Cristian Olazábal; por la Defensa, estuvo el abogado Esteban Mantecón de la Defensa Pública.

En este marco la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del hombre hasta la fecha de juicio en virtud de que el sujeto se manejó con una identidad falsa burlando a la policía y la Justicia por dos años, y además considerando que no tiene domicilio fijo en la ciudad siendo oriundo de la provincia de Salta.

La jueza hizo lugar al pedido y le dictó prisión preventiva hasta el 16 de abril.

ADN Sur

A un hombre lo encontraron ayer inconsciente dentro de su coche en una calle del barrio Primera Junta, en la zona oeste de Trelew. Se pudo saber que presentaba heridas en la cara, la cabeza, y un orificio en el tórax debajo de la tetilla izquierda que podría ser de una puñalada o un tiro. Hasta anoche el caso era confuso y la víctima estaba grave en el hospital, asistido por un respirador.

El hallazgo fue realizado por personal de la Comisaría Tercera que se encotraba de patrullaje por el sector, respondiendo las denuncias de varios vecinos que avisaban al 101 que en el interior de un vehículo había una persona inconsciente y mal herida.

El auto, un Fiat Uno de color rojo, se encontraba casi subido a una vereda en las inmediaciones de las calles Güemes y Nicaragua y su conductor se hallaba al volante, inclinado hacia uno de los costados; inconsciente y presentando lastimaduras en el rostro, golpes en la cabeza y un corte a la altura de la ceja izquierda.

Cuando el personal médico del hospital lo extrajo del vehículo para subirlo a una camilla y llevarlo hasta la ambulancia descubrió que además tenía un orificio en la zona torácica, en el costado izquierdo del cuerpo y anoche la versión que circulaba era que esa lesión era compatible con un balazo.

Al hombre lo ubicaron momentos después de las 17, y al anochecer la Policía dejó trascender que se llamaría Leonardo Javier Vázquez y que tendría 40 años.

Lo que ignoraban los investigadores era dónde había sido atacado. En alguna versión se sostenía que había conducido el coche hasta el lugar en donde se habría desvanecido y otras aseguraban que algunos vecinos lo habían visto caminando hacia el vehículo con mucha dificultad.

El Chubut

Un hombre y una mujer que llevaban droga adherida al cuerpo fueron detenidos en el acceso norte a la ciudad en medio de un control a un micro que ingresaba desde Mendoza. Luego la Policía realizó siete allanamientos y detuvo a otras cuatro personas, además de secuestrar droga, gran cantidad de dinero, dos camionetas, celulares, notebooks y otros elementos.

Tras siete allanamientos, la Policía de Chubut logró desbaratar una banda narco cuyo cabecilla sería un venezolano.

La droga secuestrada, valuada en 8 millones de pesos, es clorhidrato de cocaína de máxima pureza, según subrayó el ministro de Gobierno, Federico Massoni, quien resaltó el trabajo de la Policía del Chubut con la jueza Eva Parcio, en comparación con el del juez Federal de Rawson, Gustavo Lleral, a quien volvió a criticar.

Según informa Radio 3, “las mulas” son de nacionalidad venezolana. Se les incautó “7,4 kilos cocaína”. En los allanamientos también secuestraron 1.800 dólares, 29.500 pesos, 16 gramos de marihuana, siete teléfonos celulares, pasaportes y documentos a nombre de los detenidos.

Además, incautaron tres balanzas de precisión, un equipo de videovigilancia, varios chips para celulares, elementos que se usan para el corte de la droga, computadoras y dos camionetas: una Chevrolet Tracker y una Ford EcoSport.

Los detenidos fueron identificados como Mauricio Ariel Cardozo (A) Mauro, Geraldo José Puerta Mujica, Maximiliano Llanos, Juan Peña del Moro, Yolanilys Aponte Zapata y Laura Virginia Vázquez Tapia. Quienes serán indagados en las próximas horas en el Juzgado Federal de Comodoro.

Según informó el ministro Massoni, otras dos personas serán detenidas en las próximas horas en el exterior.

El Comodorense