La Legislatura de Neuquén aprobó por unanimidad la puesta en marcha en la provincia de un mecanismo de consulta previa a las comunidades para la elaboración de la Ley de Salud Mapuche, sobre la base de la experiencia que se está desarrollando en el Paraje Ruca Choroy, donde se construye un hospital intercultural.
El diputado Provincial de Nuevo Encuentro, Eduardo Fuentes (médico) fue el autor de la iniciativa y miembro informante en la Cámara.
“Tengo muchas expectativas en que se pueda reconocer e instrumentar la interculturalidad también en lo que respecta a Salud en toda la provincia”, dijo Fuentes y agregó que “la incorporación clara y concreta de la medicina mapuche, en conjunto con la medicina tradicional, puede aportar contenido, afecto, calidad, pero por sobre todas las cosas, naturaleza”.
El legislador neuquino precisó que “el 80% de los fármacos están hechos sobre la base de plantas medicinales; plantas que las comunidades manejan y conocen desde siempre”.
Aclaró que “el proceso de conocimiento no siempre necesita de un nombre artificial, de una cajita bien presentada, de una propaganda en televisión. Muchas veces necesita de la profundidad del conocimiento, de la experiencia sobre el problema”.
“Mi valoración a la medicina mapuche está en la confianza, en el vínculo, en el afecto que genera la relación entre el o la curadora y su paciente. Cosa que la medicina tradicional viene perdiendo, entregándose a los beneficios del mercado”, afirmó.
También Fuentes destacó que el proyecto surgió por un pedido concreto de los lonkos (Jefes) de las comunidades Mapuches sobre la base de la experiencia que realizan desde hace varios años en el Paraje Ruca Choroy, en cercanías de la localidad neuquina de Aluminé de medicina intercultural.
Precisamente en Ruca Choroy se está construyendo el Hospital de Medicina Intercultural “Rangiñ Kien” (media luna) por parte del gobierno provincial con el asesoramiento y participación en la elaboración de los planos de la obra de las mismas comunidades que habitan esa zona.
El artículo primero de la ley “ordena al Poder Ejecutivo provincial la instrumentación de un proceso de consulta durante trescientos sesenta (360) días, en los términos del artículo 6º del Convenio 169 de la OIT, a todas las comunidades mapuche del territorio provincial, a los fines de recabar los aportes fundamentales para la redacción de una ley provincial que regule el reconocimiento y el apoyo estatal a la salud mapuche”.