La medida, establecida en el marco de la Ley Nº 26.588, fue resuelta a través de la resolución 1720 de la cartera sanitaria nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial.
El Ministerio de Salud elevó a $ 479,26 el monto mensual que las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben reintegrar a sus pacientes celíacos por la compra de harinas y premezclas libres de gluten, sus derivados y/o productos elaborados con las mismas.
La medida, establecida en el marco de la Ley Nº 26.588, fue resuelta a través de la resolución 1720 de la cartera sanitaria nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Actualmente, el reintegro estaba fijado $ 326,83 y no se actualizaba desde el 31 de agosto de 2015.