Comodoro Rivadavia

Homicidio de Orlando Jurado: Declararon penalmente responsables a Fleitas y Aguirre por homicidio criminis causae

En horas del mediodía del jueves el tribunal dio a conocer la parte resolutiva del veredicto de responsabilidad penal por el hecho acontecido el pasado 10 de febrero de 2017, que tiene como imputados a Mauricio Fleitas y Diego Aguirre; y como víctima al empresario de la carne Orlando Jurado. Las juezas declararon en forma unánime penalmente responsable a ambos imputados del delito de “homicidio criminis causae”, a Fleitas en calidad de autor y a Aguirre en calidad de partícipe necesario. El próximo 29 de mayo a las 8.30 hs. se estima llevar adelante la audiencia de imposición de pena o cesura.
Cabe recordar que en la audiencia de alegatos finales la fiscal solicitó se declare a ambos imputados penalmente responsables como autor a Fleitas y partícipe necesario a Aguirre del delito de “homicidio en ocasión de robo” y también solicitó al tribunal no descarte la figura de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
Por su parte la querella solicitó al tribunal se declare penalmente responsable a Fleitas como autor de “homicidio criminis causae” y a Aguirre como partícipe necesario del mismo delito.
En contraposición las defensoras de Fleitas plantearon su absolución y subsidiariamente se lo declare responsable de homicidio simple. En tanto que la defensora de Aguirre también planteó su absolución y subsidiariamente se lo condene pero por homicidio simple.
Las juezas en su fallo consideraron que el vehículo VW Bora gris en cuestión funcionaba y no hicieron lugar a las nulidades planteadas por las defensoras. También la huella de zapatillas en el paredón del domicilio de Jurado que se corresponde con una de las zapatillas secuestradas. Otra de las pruebas que meritaron las juezas fue la imagen de Fleitas exhibiendo lo que sería un arma de fuego y la antena de celulares de la Av. Polonia al 800 que capta el uso del teléfono de uno de los imputados en cercanías del lugar del hecho. Las juezas del tribunal también desecharon el planteo de nulidad de las defensoras de Fleitas respecto del dermonitrotest positivo que se le practicara a su pupilo en la Seccional.
Se ha acreditado a lo largo del debate tanto la materialidad como la autoría del hecho por parte de los imputados, concluyeron.
El hecho por el cual se los declara penalmente responsable fue el acontecido el pasado 10 de febrero de 2017, cuando siendo las 23.15 hs. aproximadamente, Mauricio Fleitas, Diego Aguirre junto a otra persona más, aun no identificada, se hacen presentes en el domicilio de la víctima sobre calle Colonos Vascos y Cayelli. Aguirre que conducía un automóvil VW Bora, color gris, se baja y marca la casa de la víctima. Mientras que Fleitas y uno de sus acompañantes, aún no identificado, ingresan a la propiedad por los techos. Estos últimos forcejean con Jurado en la puerta de su domicilio, la víctima recibe un golpe con un hierro y Fleitas efectúa dos disparos, uno de ellos impacta sobre el cuerpo de la víctima quitándole la vida. Uno de los disparos ingresa por los pulmones provocándole su muerte por shock hipovolémico. Inmediatamente huyen a bordo del automóvil Bora, donde los esperaba Aguirre y otra persona que oficiaba de campana.
Presidió el acto Gladys Olavarría, quién junto a Mariel Suárez y Mónica García, juezas penales, integraron el tribunal de debate; por el Ministerio Público Fiscal asistió Camila Banfi, fiscal general. La defensa de Fleitas fue ejercida por Cristina Sadino y Viviana Barillari, defensoras públicas; en tanto que la de Aguirre fue llevada por Alicia Dramesino, abogada particular del mismo. Asimismo familiares de la víctima fueron asistidas por una profesional del SAVD.
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